C.A. de Valparaíso

CAMPOS DÍAZ BRANDON JESÚS CONTRA JUZGADO DE GARANTIA CASABLANCA

Rol

42881-2025

Fecha

27 de octubre de 2025

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivaciones segundo a cuarto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, el amparado fue condenado el veinticinco de abril de dos mil veintitrés, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso condenó al amparado a la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales y multa de 5 UTM, por su participación en calidad de autor del delito de receptación de vehículo motorizado, perpetrado el quince de noviembre de dos mil veintiuno. 2°) Que dicha condena, de cumplimiento efectivo, quedó firme y ejecutoriada el 20 de junio de 2023, sin que el amparado diera inicio al cumplimiento, por lo que se despachó orden de detención en su contra, la que se materializó el 06 de julio de 2025, fecha en la que fue controlada su detención y se dispuso su ingreso para el cumplimiento de la condena. 3°) Que, conforme a los antecedentes acompañados, referidos a la inexistencia de salidas del país por parte del amparado, desde la fecha de ejecutoria de la sentencia hasta la fecha de su detención, ha transcurrido el lapso de dos años, que corresponden a la mitad de la pena efectivamente impuesta. 4°) Que, así las cosas, el Juzgado de Garantía recurrido ha actuado contraviniendo las normas antedichas al rechazar declarar la media prescripción de la pena en el caso en estudio. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de diez de octubre de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 3404-2025 y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Brandon Jesús Campos Díaz, debiendo el Juzgado de Garantía de Casablanca, citar, en causa RIT 863-2021, a la brevedad, audiencia para debatir la concurrencia de los demás requisitos de la prescripción de la pena, esto es, la existencia de condenas posteriores

Fallo

se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Brandon Jesús Campos Díaz, debiendo el Juzgado de Garantía de Casablanca, citar, en causa RIT 863-2021, a la brevedad, audiencia para debatir la concurrencia de los demás requisitos de la prescripción de la pena, esto es, la existencia de condenas posteriores, convocando al efecto a la totalidad de los intervinientes, audiencia que deberá ser conocida por juez no inhabilitado. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol N° 42.881-2025

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintisiete de octubre de dos mil veinticinco.  Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivaciones segundo a cuarto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, el amparado fue condenado el veinticinco de abril de dos mil veintitrés, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso condenó al amparado a la pena de 4 años de presidi

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