RAMÍREZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
42554-2025
Fecha
27 de octubre de 2025
Materia
Policia Local
Resultado
SE DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que, por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia que confirma la de primera instancia, sobre la base de la reiteración de las argumentaciones vertidas en las oportunidades procesales correspondientes, con lo que queda de manifiesto que el recurrente pretende discutir en sede disciplinaria un asunto ya resuelto a través de otros recursos legales, de lo que se colige que este arbitrio no aparece revestido de fundamento plausible. 3° Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a confirmar la de primera instancia, compartiendo las razones de hecho y jurídicas para ello; sin que en ello exista como se dijo una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario, toda vez que no existe en ello, una falta o abuso grave que haga procedente el líbelo intentado. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Manuel Ramírez Escobar por Sofía Ramírez Cortez. Al primer otrosí: a sus antecedentes; y al segundo otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 42554-25.
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Manuel Ramírez Escobar por Sofía Ramírez Cortez. Al primer otrosí: a sus antecedentes; y al segundo otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 42554-25.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que, por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia que confirma la de primera instancia, sobre la base de la reiteración de las argu
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