27º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA CHILE/GÓMEZ - VUELVE A TABLA

Rol

39521-2025

Fecha

20 de octubre de 2025

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento ejecutivo por demanda de cobro de pagaré y mutuo hipotecario, seguido ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol C-15.523-2017, caratulado “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile con Gómez”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la que acogió la excepción de prescripción, con declaración que es esta parcial, debiendo continuarse con la ejecución respecto de las cuotas restantes. SEGUNDO: Que el recurrente de nulidad sostiene que en la sentencia cuestionada se infringe el artículo 2514 del Código Civil, con relación al 464 N° 17 del Código de Procedimiento Civil; el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 434 del mismo cuerpo legal; y el artículo 1545 del Código Civil, en relación con artículo 2514 del Código Civil. Sostiene que se ha intentado una acción fundada en tres títulos, lo que es importante porque la acción de cobro, fue por una suma total de 3.185,31 Unidades de Fomento, cantidad de dinero que formó parte del requerimiento de pago y que pese a tener 3 títulos, la acción es una sola, ya que se cobra un solo monto, por lo que al prescribir uno de los títulos necesariamente la acción deja de tener efecto, por cuanto se ha hecho un solo cobro y se ha establecido ese único monto en el mandamiento y ese fue el que se requirió de pago. Manifiesta que en relación con el N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, la prescripción de la acción debe mirarse como una sola y, por tanto, no solo se encontraba prescrita la acción respecto de la escritura de mutuo hipotecario, sino que también respecto de los pagarés, y, como la excepción es contra la demanda en sí y no contra cada deuda, estando prescritos los pagarés, el resto de la acción no puede perdurar por cuanto la acción de cobr

Fallo

por tanto, no solo se encontraba prescrita la acción respecto de la escritura de mutuo hipotecario, sino que también respecto de los pagarés, y, como la excepción es contra la demanda en sí y no contra cada deuda, estando prescritos los pagarés, el resto de la acción no puede perdurar por cuanto la acción de cobro se ha deducido como una sola, por lo que la acción no puede dividirse. Pide que se acoja y se invalide dicho fallo de segunda instancia conforme a derecho y acto continuo y sin nueva vista, pero separadamente, se proceda a dictar la correspondiente sentencia de remplazo, que resuelva revocar el fallo de segunda instancia y, como consecuencia de ello, se confirme la sentencia de primera instancia que declara la prescripción total de la acción. TERCERO: Que la revisión de los antecedentes permite constatar que los títulos ejecutivos presentados a cobro son tres y que corresponde analizar la situación únicamente respecto de la escritura pública de mutuo, pues respecto de los dos pagarés el recurso no tiene implicancia, pues se declaró la prescripción de los mismos y no se ha recurrido de casación por la parte ejecutante. En relación con el título materia de este recurso es importante tener presente que la cláusula de exigibilidad anticipada fue pactada en los siguientes términos: “El Banco podrá declarar terminado el presente contrato y caducados todos los plazos de que disponga el deudor para el pago de las obligaciones que caucione esta garantía, procediendo a su

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinte de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento ejecutivo por demanda de cobro de pagaré y mutuo hipotecario, seguido ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol C-15.523-2017, caratulado “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile con Gómez”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica