VERGARA MORALES CRISTIAN CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA DE TALCA
Rol
41315-2025
Fecha
15 de octubre de 2025
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia de alzada a excepción de sus
Fundamentos
considerandos cuarto a sexto, que se eliminan. Y se tiene únicamente presente, en su lugar: Que fue un hecho no controvertido en la audiencia de estilo, que el amparado mantiene arraigo laboral como obrero en un aserradero, que reside en el domicilio de su madre y, algunos días de la semana, junto a su pareja e hijo menor de edad, detenta bajo compromiso delictual y bajo riesgo de reincidencia, centrándose su necesidad de intervención psicosocial en el consumo problemático de sustancias psicotrópicas, cuya primera sesión se encontraba programada para el día 7 de agosto pasado, todos elementos que analizados en conjunto, permiten a esta magistratura concluir que las tres inasistencias al Centro de Reinserción Social para el control quincenal, en estas especiales circunstancias, no configuran un incumplimiento grave y reiterado a las condiciones que le han sido impuesta con ocasión de la libertad vigilada intensiva que le fue otorgada, de manera que la judicatura no estaba autorizada de revocar su otorgamiento, de conformidad a lo previsto en el artículo 25 de la Ley N°18.216. Y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago con fecha treinta de septiembre de dos mil veinticinco, en el Rol 795-2025 y, en su lugar,
Fallo
se declara que se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de Cristian Alejandro Vergara Morales, por lo que se deja sin efecto la resolución impugnada, dictada el 29 de julio de 2025 por el Juzgado de Garantía de Talca, en sus autos RIT 3590-2022, RUC 220480353-5, disponiendo en su lugar que mantiene la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. El Juez de Garantía De Talca deberá dictar las resoluciones que en derecho correspondan, tendientes a dar cumplimiento a lo antes ordenado, de manera que el amparado reanude el cumplimiento de la pena sustitutiva que le fuera otorgada y el plan de intervención individual al que se encuentra sometido, adoptando las medidas pertinentes para instar al agendamiento próximo para el inicio al programa de tratamiento de rehabilitación de drogas y alcohol. SE DISPONE LA INMEDIATA LIBERTAD DEL AMPARADO, si no estuviera privada de ella por causa diversa. Regístrese y devuélvase. Rol N° 41.315-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de octubre de dos mil veinticinco. A los alegatos solicitados en escritos folio N°6 y 5: atento a lo dispuesto por el Auto Acordado sobre la forma de conocimiento del recurso de Apelación de los Recursos de Amparo ante esta Corte Suprema, registrado en el Acta N° 105-2024 de esta Excma. Corte Suprema, publicado con fecha 17 de mayo de 2024, y no habiéndose justificado suficienteme
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