CONTRA MANUEL CARRASCO GAETE
Rol
104387-2020
Fecha
9 de octubre de 2025
Materia
Criminal
Resultado
ACOGIDA CASACIÓN FORMA, ANULADA SENTENCIA DE (M)
Hechos
VISTOS: En estos autos Rol Nº104387-2020 de esta Corte Suprema, sobre procedimiento penal sustanciado ante el Segundo Juzgado Militar de Santiago, en contra del inculpado Manuel Jesús Carrasco Gaete, el Consejo de Defensa del Estado recurre en lo principal de casación en la forma y en el primer otrosí de casación en el fondo, respecto de la sentencia definitiva dictada por la Corte Marcial, con fecha treinta y uno de marzo de dos mil veinte, la que revocó el fallo de primer grado, absolviendo al citado encartado del cargo formulado en su contra como autor de un delito de falsedad previsto en el artículo 367 N°5 del Código de Justicia Militar en relación con el artículo 193 N°1 del Código Penal. Cabe mencionar que la sentencia definitiva de primera instancia de fecha quince de octubre de dos mil diecinueve, condenó al imputado a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del aludido ilícito. Finalmente, con fecha veintidós de septiembre de dos mil veinte, se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurso de casación en la forma deducido por el Consejo de Defensa del Estado en lo principal de su presentación de fojas 1007, desglosó sus causales en tres acápites, siendo la primera aquella prevista en el artículo 541 N°9 en relación con el artículo 500 N°4 y 5, ambos del Código de Procedimiento Penal. Lo anterior, fundado en que la sentencia pronunciada por la Corte Marcial presenta considerandos contradictorios insoslayables, en términos de generar su inmediata anulación, dejando finalmente al
Fallo
fallo de primer grado, absolviendo al citado encartado del cargo formulado en su contra como autor de un delito de falsedad previsto en el artículo 367 N°5 del Código de Justicia Militar en relación con el artículo 193 N°1 del Código Penal. Cabe mencionar que la sentencia definitiva de primera instancia de fecha quince de octubre de dos mil diecinueve, condenó al imputado a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del aludido ilícito. Finalmente, con fecha veintidós de septiembre de dos mil veinte, se ordenó traer los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurso de casación en la forma deducido por el Consejo de Defensa del Estado en lo principal de su presentación de fojas 1007, desglosó sus causales en tres acápites, siendo la primera aquella prevista en el artículo 541 N°9 en relación con el artículo 500 N°4 y 5, ambos del Código de Procedimiento Penal. Lo anterior, fundado en que la sentencia pronunciada por la Corte Marcial presenta considerandos contradictorios insoslayables, en términos de generar su inmediata anulación, dejando finalmente al fallo impugnado desprovisto de motivaciones que justifiquen la decisión. Para estos efectos se esgrime que, si bien la sentencia revocatoria dictada por la Corte Marcial eliminó varios considerandos plasmados en el fallo de primer grado, reprodujo e hizo suyo el basamento déci
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Santiago, nueve de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS: En estos autos Rol Nº104387-2020 de esta Corte Suprema, sobre procedimiento penal sustanciado ante el Segundo Juzgado Militar de Santiago, en contra del inculpado Manuel Jesús Carrasco Gaete, el Consejo de Defensa del Estado recurre en lo principal de casación en la forma y en el primer otrosí de casación en el fondo, respecto de la sente
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