7º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RECOLETA CON ECM INGENIERIA S.A.

Rol

1527-2024

Fecha

6 de octubre de 2025

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: En estos autos, rol de esta Corte Suprema N°1.527-2024, caratulados “Municipalidad de Recoleta con ECM Ingeniería S.A. y Concesiones Recoleta S.A.”, la demandante dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la resolución de segunda instancia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago el veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés, que revocó la resolución de primera instancia pronunciada por el Séptimo Juzgado Civil de Santiago el catorce de julio de dos mil veintiuno, y acogió la excepción de litispendencia promovida por las demandadas. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: I.- ANTECEDENTES GENERALES: PRIMERO: Que la Municipalidad de Recoleta dedujo demanda de indemnización de perjuicios, en juicio ordinario, en contra de Concesiones Recoleta S.A. y ECM Ingeniería S.A., instando por la reparación de los detrimentos patrimoniales directos e indirectos sufridos por la actora con ocasión de los incumplimientos en que habría incurrido ECM Ingeniería S.A., adjudicataria del contrato “Concesión para sistema de explotación y control limitado de estacionamientos comuna de Recoleta”, ejecutado por su relacionada Concesiones Recoleta S.A. SEGUNDO: Que, debidamente emplazadas, las demandadas opusieron la excepción dilatoria de litispendencia, prevista en el artículo 303 N°3 del Código de Procedimiento Civil. En lo petitorio solicitaron acoger la excepción y suspender el presente procedimiento hasta que se dicte sentencia firme y ejecutoriada en las causas conexas o relacionadas que mencionan. TERCERO: Que la sentencia de primera instancia rechazó la excepción en análisis, teniendo en consideración que no existe una conexión necesaria entre estos antecedentes y los juicios esgrimidos por las articulistas. CUARTO: Que la sentencia de segundo grado revocó el

Fallo

fallo apelado por las demandadas y declaró “que la excepción de litispendencia queda acogida”. Fundó su decisión en la concurrencia de triple identidad entre los procesos mencionados en la excepción dilatoria, en los términos previstos en el artículo 92 del Código de Procedimiento Civil. II.- EN CUANTO A LOS RECURSOS DE CASACIÓN EN LA FORMA Y EN EL FONDO: QUINTO: Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil, en lo pertinente, dispone: “El recurso de casación en la forma se concede contra las sentencias definitivas, contra las interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación…”. En términos similares, el artículo 767 del mismo cuerpo normativo, en lo atingente, prevé: “El recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación…”. SEXTO: Que, como se puede apreciar, ambos arbitrios no pueden prosperar, pues la sentencia cuya nulidad se pide se limitó a acoger la excepción dilatoria de litispendencia, resultado que no puede acarrear, sino, la suspensión de la tramitación del presente juicio hasta la dictación de sentencia firme y ejecutoriada en los procesos relacionados. En las anotadas condiciones, no se está en presencia de una sentencia definitiva o interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su prosecución, en los términos exigidos por las reglas citadas en el motivo que anteced

Texto Completo (Preview)

2 Santiago, seis de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: En estos autos, rol de esta Corte Suprema N°1.527-2024, caratulados “Municipalidad de Recoleta con ECM Ingeniería S.A. y Concesiones Recoleta S.A.”, la demandante dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la resolución de segunda instancia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago el vein

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica