ROBERT BOSCH GMBH/ENERBOSCH S.A.
Rol
112437-2020
Fecha
25 de septiembre de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
Vistos: En estos autos Nº112.437-2020, se ha tramitado un procedimiento de registro de marca, regido por la ley N°19.039 sobre Propiedad Industrial, en el cual la oponente, Robert Bosch GmbH, recurre de casación en el fondo contra la sentencia de once marzo de dos mil veinte, escrita a fojas 324 y siguientes, pronunciada por el Tribunal de Propiedad Industrial, que confirmó en todas sus partes el dictamen del Director Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, de 1 de octubre de 2019, que rola a fojas 233 y siguientes, que rechazó la demanda de oposición y concedió el registro “Solarbosch”, pedido por la empresa Enerbosch S.A., para las clases 39, 40 y 42. Declarado admisible el recurso, se trajeron los autos en relación, por dictamen de 6 de octubre de 2020.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, la recurrente denuncia como conculcado, en primer término, lo dispuesto en el artículo 16 de la ley Nº19.039, al infringir el
Fallo
fallo de segundo grado las normas de la sana crítica, desatendiendo razones lógicas y prácticas que, de haberse considerado, habrían determinado la denegación del registro de la marca “Solarbosch”. Explica que el Tribunal de Propiedad Industrial ha prescindido, claramente, de las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia, situación que posteriormente derivó en una errónea interpretación y consecuentemente, errada aplicación de lo dispuesto en el artículo 27, inciso 2° de la Ley sobre Propiedad Industrial y la omisión de las causales de irregistrabilidad contempladas en el artículo 20, letras f) y g), incisos primero y tercero del mismo cuerpo legal. Expone que se han infringido las reglas de la lógica, ya que el fallo impugnado no se refiere a todos los argumentos contenidos en la apelación deducida contra la sentencia de primera instancia. Afirma, entonces, que el fallo no se hace cargo de todos los argumentos de la apelación y la sentencia carece de fundamentación. Estima que las máximas de la experiencia se ven infringidas en el presente caso, toda vez que existen valiosos y numerosos antecedentes registrales y fácticos que debieron haber sido considerados por el Tribunal de Propiedad Industrial al momento de pronunciar la sentencia, dado que la marca oponente goza de notoriedad, tanto en Chile como en el extranjero. Segundo: Que, en segundo término, el recurso de casación sustancial postula infracción a las normas relativas a las causales de irregistrabilidad
Texto Completo (Preview)
9 Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: En estos autos Nº112.437-2020, se ha tramitado un procedimiento de registro de marca, regido por la ley N°19.039 sobre Propiedad Industrial, en el cual la oponente, Robert Bosch GmbH, recurre de casación en el fondo contra la sentencia de once marzo de dos mil veinte, escrita a fojas 324 y siguientes, pronunciada por el Tribuna
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica