DÍAZ/ÁLVAREZ
Rol
37356-2025
Fecha
24 de septiembre de 2025
Materia
Criminal
Resultado
DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que confirmó la de primera instancia que decretó el cierre del sumario; lo que no encuentra sustento, desde que lo que hicieron, fue dilucidar la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando–labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en esa actividad, exista como se dijo una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Pedro Díaz Belmar por la parte querellante. Al primer, segundo y tercer otrosí; estese a lo decidido; al cuarto otrosí: a sus antecedentes y al quinto otrosí; téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 37356-2025.
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Pedro Díaz Belmar por la parte querellante. Al primer, segundo y tercer otrosí; estese a lo decidido; al cuarto otrosí: a sus antecedentes y al quinto otrosí; téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 37356-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que confirmó la de primer
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