TORRES NUÑEZ YULEIDI ORIANA CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
38531-2025
Fecha
24 de septiembre de 2025
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos sexto a noveno, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación de la Resolución Exenta N° 370, de fecha 4 de agosto de 2025, mediante la cual se dispone la expulsión y la prohibición de ingreso al país del extranjero, por el término de cinco años. Segundo: Que, resulta inconcuso para las partes que el extranjero incurrió en una infracción migratoria grave al haber ingresado al país por un paso no habilitado, configurándose en la especie la causal de prohibición de ingreso imperativa prevista en el artículo 32 de la Ley N°21.325. Tercero: Que, en tal circunstancia, y no habiéndose acreditado arraigo familiar o laboral suficiente en este país de la entidad suficiente, lleva a concluir que el acto impugnado no resulta ilegal, motivo suficiente para rechazar la acción intentada.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de dos de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 581-2025, en cuanto acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Yuleidi Oriana Torres Núñez, de nacionalidad venezolada, y en su lugar se declara que éste queda rechazado. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, una vez hecho, devuélvase. Rol N° 38.531-2025
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos sexto a noveno, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación de la Resolución Exenta N° 370, de fecha 4 de agosto de 2025, mediante la cual se dispone la expulsión y la pro
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