SERGIO YÉPEZ ARANCIBIA/ERWIN CONN TESCHE Y OTROS
Rol
59030-2024
Fecha
12 de septiembre de 2025
Materia
Criminal
Resultado
RECHAZA FONDO. INVALIDADA DE OFICIO
Hechos
VISTOS: En estos autos, el Ministro en Visita Extraordinaria, señor Max Cancino Cancino, con fecha veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro, dicta sentencia definitiva en la cual condena al encausado Erwin Hugo Andrés Conn Tesche, como autor de un delito de secuestro con grave daño en la persona de Sergio Alfredo Yépez Arancibia, previsto y sancionado en el artículo 141 incisos primero y tercero del Código Penal, vigente a la época de los hechos, aplicándole la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales, sin acceso a una pena sustitutiva. Impugnada esta decisión, una de las Salas de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, con fecha de cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro, conociendo del recurso enderezado en su contra, procede a confirmar la decisión impugnada. En contra de esta última sentencia, la defensa del sentenciado dedujo un recurso de casación en el fondo, el cual se trajo en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que, previo al análisis del recurso impetrado, cabe mencionar que, en el considerando segundo del
Fallo
fallo de primer grado, el cual se mantuvo en la sentencia de segunda instancia, se asentaron los hechos objeto de juzgamiento: “Que existió una agrupación de inteligencia militar, jerarquizada y disciplinada denominada Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior, conocida como S.I.C.A.J.S.I., que operó activamente a partir del 11 de septiembre de 1973, conformada por agentes pertenecientes a las diversas reparticiones de la defensa nacional, particularmente por funcionarios de la Armada de Chile, cuyo objetivo principal fue la represión de personas opositoras al régimen militar, para lo cual se procedía a su búsqueda y detención, las que luego eran privadas de libertad para la obtención de información mediante tortura física y psicológica. Luego de ubicar y detener a las personas, las patrullas armadas los conducían hasta la Academia de Guerra Naval, o al edificio contiguo, denominado Cuartel Silva Palma, ubicados ambos en Playa Ancha, Valparaíso, lugar donde las personas eran encerradas e interrogadas. Cabe señalar que entre estos agentes pertenecientes a la Armada se encontraban el Jefe del S.I.C.A.J.S.I., quien contaba con Jefes de Servicio, Oficiales alumnos del Curso de Estado Mayor, quienes supervisaban y daban las órdenes necesarias para el funcionamiento del servicio, teniendo facultades para analizar las investigaciones en que se perseguía a las personas contrarias al régimen militar, las declaraciones de los distintos dete
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Santiago, doce de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS: En estos autos, el Ministro en Visita Extraordinaria, señor Max Cancino Cancino, con fecha veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro, dicta sentencia definitiva en la cual condena al encausado Erwin Hugo Andrés Conn Tesche, como autor de un delito de secuestro con grave daño en la persona de Sergio Alfredo Yépez Arancibia, previsto y
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