MUÑOZ PIÑA HECTOR CON FISCO DE CHILE
Rol
241106-2023
Fecha
13 de agosto de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
Vistos: En autos Rol N° C-22441-2019, el Segundo Juzgado Civil de Santiago, en procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios, por sentencia de diez de febrero de dos mil veintitrés, acoge la excepción de prescripción de la acción opuesta y rechaza la demanda de indemnización de perjuicios por daño moral, intentada por Héctor Muñoz Piña en contra el Fisco de Chile. Impugnada esa decisión, la Corte de Apelaciones de Santiago, por sentencia de veintinueve de septiembre del año dos mil veintitrés, la confirma. Contra esa sentencia la parte demandante, dedujo recurso de casación en el fondo, el que se ordenó traer en relación.
Fundamentos
Considerando: PRIMERO: Que, la demandante, deduce recurso de casación en el fondo invocando la infracción de los artículos 2.503 y 2.518, ambos del Código Civil. Explica que dedujo demanda en contra del Fisco, fundada en que en causa Rol N° 387- 2011 del 34° Juzgado del Crimen de Santiago, a cargo del Ministro en Visita señor Mario Carroza, se le formula, sin fundamentos, acusación fiscal con fecha 9 de diciembre de 2015, en su calidad de funcionario de Carabineros de Chile, por un hecho ocurrido el día 21 de enero de 1989, junto a otros dos funcionarios policiales, calificando el hecho fundante de la acusación como Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 391 N° 1 del Código Penal; imputación por la cual, finalmente resulta absuelto, con fecha 2 de diciembre de 2016, y confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 15 de junio de 2017. Así, a raíz de la acusación formulada en su contra que concluyó en absolución, denuncia una serie de efectos perniciosos en su derrotero vital y laboral, que pretende sean reparados por el Fisco, conforme fueron provocados por el actuar de agentes del Estado. Expone que la demanda fue rechazada a consecuencia de una errónea interpretación de las normas referidas previamente, toda vez que el tribunal de primera instancia e igualmente la Corte de Apelaciones en su decisión de confirmación, interpretan que la interrupción de la prescripción de la acción, sólo se produce mediante la notificación de la demanda, cuestión que en el caso concreto se habría producido fuera del plazo de 4 años que impone el artículo 2497 del Código Civil, para la prescripción de las acciones para exigir la responsabilidad extracontractual de la Administración del Estado. Estima que la interpretación referida resulta errónea, bastando para la interrupción de la prescripción, la interposición de la demanda, siendo la notificación de ella, una condición para alegarla. Con base en lo anterior, pide que se invalide la sentencia recurrida y acto seguido, sin nueva vista, pero separadamente, dicte con arreglo a la ley la correspondiente sentencia de reemplazo mediante la cual se acoja la demanda de indemnización de perjuicios. SEGUNDO: Que, como se desprende de la sentencia del Segundo Juzgado de Letras de Santiago, resulta relevante para la resolución del caso la cronología de las siguientes actuaciones: a.- El hecho dañoso en el que se sostiene la demanda, se produjo, según propios dichos el actor, el día 9 de diciembre de 2015 y que corresponde a la acusación presentada en su contra por el delito de homicidio calificado, la que finalmente concluyó en absolución. b.- La demanda de indemnización de perjuicios fue presentada con fecha 15 de julio de 2019. c.- La demanda fue notificada con fecha 24 de noviembre de 2020. d.- En su contestación, el Fisco invoca la excepción de prescripción de la acción. TERCERO: Que para efectos de resolver adecuadamente el arbitrio en estudio, debe tenerse en especial conside
Fallo
Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 767 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo, deducido por el Carlos Rivers Maldonado, en contra de la sentencia de veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, Rol 5203-2023, la que en consecuencia no es nula. Redacción a cargo de la Ministra Sra. María Cristina Gajardo Harboe. Regístrese y devuélvase. ROL N° 241106-2023 Pronunciado por la Segunda Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S., Sras. María Teresa Letelier R., María Cristina Gajardo H., y la Abogada Integrante Sra. Pía Tavolari G. No firman los Ministros Sr. Llanos y Sra. Letelier, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar en comisión de servicios y con permiso, respectivamente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: En autos Rol N° C-22441-2019, el Segundo Juzgado Civil de Santiago, en procedimiento ordinario de indemnización de perjuicios, por sentencia de diez de febrero de dos mil veintitrés, acoge la excepción de prescripción de la acción opuesta y rechaza la demanda de indemnización de perjuicios por daño moral, intentada por Héctor Muñoz Piña en
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