JOSE LECAROS MATELUNA CON ALEJANDRO GROSSLING CHAVEZ Y OTRO. ACUMULADO INGRESO DE CORTE N°2283-2024 CIVIL
Rol
24299-2025
Fecha
8 de agosto de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que revocó el fallo de primera instancia de diecinueve de julio de dos mil veinticuatro, que acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, condenando a los demandados a pagar solidariamente al actor por concepto de daño moral, la suma de $20.000.000, declarando en su lugar que se acoge la excepción de prescripción de la acción opuesta en segunda instancia y, en consecuencia, que se rechaza la referida demanda. 2°.- Que en su recurso de invalidación sustancial, el impugnante expresa que la sentencia cuestionada ha contravenido los artículos 2332, 2492, 2503 y 2518 del Código Civil y 310 del Código de Procedimiento Civil, argumentando que su parte dedujo demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual el día 9 de julio de 2020, es decir, dentro del plazo legal de cuatro años desde la ocurrencia del hecho dañoso, que tuvo lugar el 10 de julio de 2016. Añade que la demanda fue notificada en forma legal a las demandadas y no ha existido desistimiento, abandono ni sentencia absolutoria, razón por la cual se cumplirían todos los requisitos que la ley contempla para que opere válidamente la interrupción civil, la que se produce con la sola interposición de la demanda. Por otro lado, manifiesta que la sentencia recurrida infringe el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que se encontraba precluido el derecho del demandado a invocar la prescripción, atendido que ya había sido tramitada y desestimada en primera instancia. 3°.- Que, del tenor del libelo por el que se interpone el recurso de casación en estudio se puede comprobar, que la parte recurrente omitió extender la infracción legal a normas que tienen el carácter de deciso
Fallo
fallo de primera instancia de diecinueve de julio de dos mil veinticuatro, que acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, condenando a los demandados a pagar solidariamente al actor por concepto de daño moral, la suma de $20.000.000, declarando en su lugar que se acoge la excepción de prescripción de la acción opuesta en segunda instancia y, en consecuencia, que se rechaza la referida demanda. 2°.- Que en su recurso de invalidación sustancial, el impugnante expresa que la sentencia cuestionada ha contravenido los artículos 2332, 2492, 2503 y 2518 del Código Civil y 310 del Código de Procedimiento Civil, argumentando que su parte dedujo demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual el día 9 de julio de 2020, es decir, dentro del plazo legal de cuatro años desde la ocurrencia del hecho dañoso, que tuvo lugar el 10 de julio de 2016. Añade que la demanda fue notificada en forma legal a las demandadas y no ha existido desistimiento, abandono ni sentencia absolutoria, razón por la cual se cumplirían todos los requisitos que la ley contempla para que opere válidamente la interrupción civil, la que se produce con la sola interposición de la demanda. Por otro lado, manifiesta que la sentencia recurrida infringe el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que se encontraba precluido el derecho del demandado a invocar la prescripción, atendido que ya había sido tramitada y desestimad
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Santiago, ocho de agosto de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que revocó el fallo de primera instancia de diecinueve de julio de dos mil veinticuatro, que acogió
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