ANGOSTURA COUNTRY CLUB S.A. CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol
19100-2018
Fecha
7 de agosto de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO (M)
Hechos
Vistos: En estos autos rol N° 19100-2018 caratulados “Angostura Country S.A. con Servicio de Impuestos Internos”, sobre procedimiento reclamación por vulneración de derechos del artículo 155 del Código Tributario, el reclamado Servicio de Impuestos Internos ha deducido recurso de casación en la forma y en el fondo, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua, de veintiuno de junio de dos mil dieciocho, que confirmó con declaración la de primera instancia de veintiuno de marzo de dos mil diecisiete que, acogió el reclamo de la contribuyente por vulneración de derechos fundamentales. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma. PRIMERO: Que el recurrente invoca, como fundamento de su impugnación, la causal contemplada en el artículo 768 número 4 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haber sido dado ultra petita. Al efecto, alega que la decisión atacada excede no tan sólo la controversia sometida a su decisión, sino que igualmente, a lo solicitado por las partes y el ámbito de competencia que determina el procedimiento especial de reclamación por vulneración de derechos. Así, explica en un primer término, que el
Fallo
fallo se pronuncia no desde un prisma de restablecimiento del derecho, como le es propio a un procedimiento por vulneración, sino que lo hace de un modo declarativo, disponiendo dejar sin efecto un acto administrativo en un procedimiento cautelar, no obstante que la controversia se limitó a resolver sobre la existencia o no, de una acción u omisión del Servicio de Impuestos Internos que afectara el derecho de propiedad de la contribuyente, respecto de los predios Roles 557-36, 570-5, 551-007, 552-30 y 551-002. Y de otro lado, expone que lo pedido por el reclamante fue: “…que en definitiva se reestablezca el imperio del derecho respecto de los folios señalados, pidiendo que se ordene al Servicio de Impuestos Internos que proceda como derecho corresponde y por consiguiente se ordene a la Tesorería General de la Republica la eliminación de la cobranza de los folios reclamados”, sin que se haga referencia a dejar sin efectos las resoluciones revocatorias de las exenciones. De esta manera, concluye indicando que el fallo de la Corte de Apelaciones se pronuncia sobre una cuestión no discutida, excediendo las facultades que le son entregadas en el procedimiento cautelar e igualmente el principio de congruencia, al no ser coincidente lo solicitado con lo otorgado, configurándose de manera ostensible el vicio de ultra petita que se denuncia por medio del recurso de casación formal. Termina solicitando que se acoja el presente recurso y de dicte la correspondiente sentencia de reemp
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PAGE 7 Santiago, siete de agosto de dos mil veinticinco. Vistos: En estos autos rol N° 19100-2018 caratulados “Angostura Country S.A. con Servicio de Impuestos Internos”, sobre procedimiento reclamación por vulneración de derechos del artículo 155 del Código Tributario, el reclamado Servicio de Impuestos Internos ha deducido recurso de casación en la forma y en el fondo, contra la sentencia de la
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