ANONIMIZADO
Rol
23462-2025
Fecha
7 de agosto de 2025
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA, NO ES MATERIA PROPIA DE UNIFICACION
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió el de nulidad interpuesto contra la de instancia que rechazó la demanda y, en sentencia de reemplazo, le dio lugar y condenó al pago solidario de $413.161 por indemnización por daño emergente y $5.000.000 por daño moral, atendido el accidente de trabajo de que fue víctima el trabajador. Segundo: Que...
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de agosto de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió el de
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