MARCELO GOMEZ ALMONTE Y OTRO/ DIRECTEMAR
Rol
26547-2025
Fecha
29 de julio de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el denunciado Marcelo Gómez Almonte contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que confirmó la de primera instancia que acogió la denuncia y condenó a don Manuel Garrido Maripangue, armador, y a don Marcelo Gómez Almonte, patrón, a pagar una multa de 159,1184 Unidades Tributarias Mensuales, por infracción al artículo 110 letra e) de la Ley de Pesca y Acuicultura. Además, al patrón, al pago de una multa ascendente a 15 Unidades Tributarias Mensuales y la suspensión de su título por el lapso de treinta días. Segundo: Que la parte recurrente denuncia vulnerados el artículo 110 letra e), en relación con los artículos 112 y 125 N°4 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, porque se ha de dejado de aplicar la forma de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, sin considerar las declaraciones de doña Lorena Contreras y don Cristián Burgos, quienes dieron cuenta de hechos contrarios a los expuestos en informe técnico, sin ni siquiera expresar las motivaciones que llevaron a aceptar ciertos hechos y rechazar otros. Señala que es relevante que la denuncia se ha efectuado a partir de la detección a través de un sistema de posicionamiento satelital, que, sin embargo, no entrega certeza alguna, por lo que soslaya la debida ponderación de todos los antecedentes, tales como las cartas oficiales de SHOA, con que navega y opera el patrón de la embarcación, no tiene marcado los límites de las zonas autorizadas de pesca y no existe otro instrumento cartográfico oficial que lo indique, dificultando la información para el patrón de la nave. Por último, denuncia el artículo 110 letra e) de la Ley General de Pesca, porque medio de la determinación de la ubicación satelital de la nave en un momento determinado, se ha concluido la supuesta ex
Fallo
Por estas consideraciones y normas citadas, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia de diecisiete de junio de dos mil veinticinco, dictada por una de las salas de la Corte de Apelaciones de Valdivia. Regístrese y devuélvase. Nº26.547-2025
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintinueve de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por el denunciado Marcelo Gómez Almonte contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que confirmó la de primera instancia que
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