C.A. de Antofagasta

GUAJARDO RIVERA EDUARDO CONTRA TRIBUNAL DE GARANTÍAS DE ANTOFAGASTA

Rol

28355-2025

Fecha

28 de julio de 2025

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos sexto a octavo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar presente: 1.- Que la conducta sobre la cual se hace recaer la sanción impuesta a la amparada por Gendarmería, en causa RIT 7188-2020 seguida ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta, dice relación con el hallazgo de droga en la habitación que el amparado compartía con otro interno, mientras el amparado se encontraba haciendo uso de su beneficio de salida de fin de semana, sin que se lograra singularizar al propietario de la misma. 2.- Que, aun cuando se trate de sanciones de carácter de administrativo, aquellas impactan no tan sólo en la cuestión inmediata, sino que igualmente en la valoración de la conducta del penado y la procedencia o no, de la concesión de beneficios para su situación penitenciaria. 3.- Que, en el caso concreto, la misma conducta fue estimada como sustento para la sanción de revocación del beneficio intra penitenciario y la rebaja de la conducta y además, para adoptar la decisión de traslado de unidad penal, última medida que se estima como desproporcionada conforme a la gravedad de la infracción, la cantidad de drogas incautada y las circunstancias en que ella se produjo y a la imposición de otros dos reproches al amparado en base a la misma conducta. 4.- Que, así las cosas, la decisión de sanción adoptada por Gendarmería de Chile y refrendada por el Juzgado de Garantía, resulta excesiva a la luz de la conducta y sus circunstancias, debiendo aún una sanción de carácter administrativa representar un justo reproche para la infracción, cuestión que como se ha indicado, no concurre. Y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de siete de julio de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 340-2025, y en su lugar

Fallo

se declara que se acoge la acción constitucional intentada en favor de Eduardo Alfonso Guajardo Rivera, sólo en cuanto se dispone el inmediato retorno del amparado al CET de Antofagasta. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Gajardo y Sra. Lusic, quienes estuvieron por confirmar la decisión en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. Rol N° 28355-2025

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de julio de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos sexto a octavo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar presente: 1.- Que la conducta sobre la cual se hace recaer la sanción impuesta a la amparada por Gendarmería, en causa RIT 7188-2020 seguida ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta, dice relación con el halla

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