ARRENDADORA DE EQUIPOS TECNOGRÚAS LTDA./ARMADORES Y/U OPERADORES MN MANANTIAL
Rol
11908-2025
Fecha
23 de julio de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento arbitral de responsabilidad civil contractual y extracontractual, seguido ante el Juez Árbitro Sr. Pablo Bravo Hurtado, caratulado “Arrendadora de Equipos Tecnogrúas Limitada Y/U Operadores MN Manantial”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada y demandante reconvencional, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, de dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, que confirmó el fallo de primer grado, de veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés, que acogió la demanda principal de responsabilidad civil contractual, condenando a la parte demandada a pagar a la actora la suma de $357.845.397.- por concepto de “pérdida de piezas”, y la suma de $165.047.284.- por concepto de “otros gastos”; y rechazó la acción reconvencional de abuso de derecho; con declaración que: (i) se aumenta la indemnización de perjuicios por concepto de “otros gastos” a la cantidad de $293.325.204.-; (ii) se ordena el pago de intereses corrientes desde el día 20 de julio de 2019 y hasta la fecha de pago efectivo; (iii) se ordena el pago de reajustes desde que el fallo quede ejecutoriado y hasta la fecha de pago efectivo; y (iv) no se condena en costas a la demandada por haber tenido
Fundamentos
motivos plausibles para alzarse y no haber sido totalmente vencida. Segundo: Que la recurrente de casación sustantiva funda su arbitrio, en primer término, en la infracción del artículo 1206 N° 4 del Código de Comercio, en relación con los artículos 930 N° 2, 931, 934, 936 y 939 del mismo cuerpo legal. En síntesis, sostiene que la infracción normativa se produce porque el
Fallo
fallo de primer grado, de veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés, que acogió la demanda principal de responsabilidad civil contractual, condenando a la parte demandada a pagar a la actora la suma de $357.845.397.- por concepto de “pérdida de piezas”, y la suma de $165.047.284.- por concepto de “otros gastos”; y rechazó la acción reconvencional de abuso de derecho; con declaración que: (i) se aumenta la indemnización de perjuicios por concepto de “otros gastos” a la cantidad de $293.325.204.-; (ii) se ordena el pago de intereses corrientes desde el día 20 de julio de 2019 y hasta la fecha de pago efectivo; (iii) se ordena el pago de reajustes desde que el fallo quede ejecutoriado y hasta la fecha de pago efectivo; y (iv) no se condena en costas a la demandada por haber tenido motivos plausibles para alzarse y no haber sido totalmente vencida. Segundo: Que la recurrente de casación sustantiva funda su arbitrio, en primer término, en la infracción del artículo 1206 N° 4 del Código de Comercio, en relación con los artículos 930 N° 2, 931, 934, 936 y 939 del mismo cuerpo legal. En síntesis, sostiene que la infracción normativa se produce porque el fallo recurrido acogió la demanda principal de indemnización de perjuicios alterando la valoración legal de la prueba documental rendida, al concluirse erróneamente la existencia entre las partes de un contrato de transporte marítimo, y la consiguiente responsabilidad del operador de la nave por la pérdida o deterioro de las m
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Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento arbitral de responsabilidad civil contractual y extracontractual, seguido ante el Juez Árbitro Sr. Pablo Bravo Hurtado, caratulado “Arrendadora de Equipos Tecnogrúas Limitada Y/U Operadores MN Manantial”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el f
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