INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
23982-2025
Fecha
8 de julio de 2025
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que, la resolución impugnada ha sido dictada por autoridad competente, dentro de los casos que la legislación migratoria ha contemplado a efectos de disponer la sanción migratoria reclamada y dentro de un proceso debidamente tramitado, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de dieciocho de Junio del año dos mil veinticinco, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique en el ingreso Nº53-2025 y, en su lugar se decide que se rechaza la acción de amparo interpuesta en favor de José Antonio Pereira Parra. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Urquieta, quien fue del parecer de confirmar la sentencia en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N°23.982-2025.
Fallo
se decide que se rechaza la acción de amparo interpuesta en favor de José Antonio Pereira Parra. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Urquieta, quien fue del parecer de confirmar la sentencia en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N°23.982-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, la resolución impugnada ha sido dictada por autoridad competente, dentro de los casos que la legislación migratoria ha contemplado a efectos de disponer la sanción migratoria reclamada y dentro de un proceso debidamente tramitado, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se re
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica