MINERA SIERRA GORDA SCM/SUBSECRETARIA DEL INTERIOR
Rol
23339-2025
Fecha
7 de julio de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Rol N° 23.339-2025 caratulados “Minera Sierra Gorda SCM con Subsecretaria del Interior”, se ha ordenado dar cuenta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia de fecha veintidós de mayo del año en curso. Segundo: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas, en lo que interesa para el presente caso, por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo del fallo. Tercero: Que, como puede advertirse, la sentencia impugnada por la vía del recurso de casación en el fondo no reviste la naturaleza jurídica de ninguna de las sentencias descritas en el fundamento precedente, desde que no es una sentencia definitiva dictada por la Corte de Apelaciones, sino que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Ley N° 3607, es una sentencia dictada por un Ministro de Corte de Apelaciones, quien conoce del asunto en única instancia. Cuarto: Que, de esta forma, al no reunir la sentencia que se trata de anular la naturaleza de aquellas que permiten esta clase de recurso, el deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en lo principal de la presentación de fecha nueve de junio del año en curso, en contra de la sentencia de veintidós de mayo de los corrientes. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 23.339-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto en lo principal de la presentación de fecha nueve de junio del año en curso, en contra de la sentencia de veintidós de mayo de los corrientes. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 23.339-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Rol N° 23.339-2025 caratulados “Minera Sierra Gorda SCM con Subsecretaria del Interior”, se ha ordenado dar cuenta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante en contra de la senten
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