3er JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE TEMUCO

DECAR S.A./QUEZADA

Rol

23486-2025

Fecha

2 de julio de 2025

Materia

Policia Local

Resultado

DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que revocó la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado de Policía Local; lo que no encuentra sustento, desde que lo que hicieron los ministros del acuerdo- fue dilucidar la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando–labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en esa actividad, exista como se dijo una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Patricio Mackenna Cortés por DECAR S.A. Al primer, segundo y tercer otrosí; estese a lo decidido; al cuarto, quinto y sexto otrosí; a sus antecedentes; al séptimo otrosí; téngase presente. Al escrito folio 7, a sus antecedentes y estese a lo decidido. Regístrese y archívese. Rol Nº 23486-2025.

Fallo

Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Patricio Mackenna Cortés por DECAR S.A. Al primer, segundo y tercer otrosí; estese a lo decidido; al cuarto, quinto y sexto otrosí; a sus antecedentes; al séptimo otrosí; téngase presente. Al escrito folio 7, a sus antecedentes y estese a lo decidido. Regístrese y archívese. Rol Nº 23486-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de julio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que revocó la sentencia de primera instancia

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