JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

ORIETA EDITH PAILLACAR MUNOZ C/ RICARDO ANTONIO LILLO BUCAREY

Rol

22876-2025

Fecha

2 de julio de 2025

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

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Hechos

Vistos: 1° Que la defensa de Ricardo Lillo Bucarey, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, por la cual fue condenado como autor del delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar. 2° Que, por el recurso, se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, cuestiona la prueba, su valoración y la decisión de condena. 3° Que el Ministerio Público se hizo parte en la presente causa, y solicitó la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva, por corresponder lo alegado al motivo de nulidad del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo alegado -si bien lo fundamenta como infracción de garantías constitucionales, en realidad, tiene como sustento, un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia; que de ser efectivo lo que denuncia, sería propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado; razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se ordena remitir estos antecedentes, a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al escrito folio 4, téngase presente y estese a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 22876-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se ordena remitir estos antecedentes, a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al escrito folio 4, téngase presente y estese a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 22876-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de julio de dos mil veinticinco. Vistos: 1° Que la defensa de Ricardo Lillo Bucarey, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, por la cual fue condenado como autor del delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar. 2° Que, por el recurso, se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Pen

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