C.A. de San Miguel

VALLEJOS GARCES / C.G.E. S.A.

Rol

20961-2025

Fecha

30 de junio de 2025

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los

Fundamentos

fundamentos cuarto a noveno, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que, comparece don Hugo Adrián Vallejos Garcés, actuando en su calidad de administrador y representante legal del Condominio El Trébol, e interpone recurso de protección en contra de la Compañía General de Electricidad S.A. (CGE), por haber desconocido absolutamente el

Fallo

fallo favorable emitido por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)y eludido su responsabilidad respecto del daño causado a un variador de frecuencia del sistema de bombas elevadoras de agua potable del condominio. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que CGE se niega a reparar los daños ocasionados durante trabajos de cambio de medidor eléctrico pese a la resolución favorable de la SEC que determinó que los daños se debieron a fluctuaciones anormales de tensión provenientes de las redes de distribución, vulnerando con ello los derechos fundamentales que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas. Segundo: Que, atendida la naturaleza del recurso de protección, este solo puede prosperar ante la existencia de un derecho indubitado del actor, lo que constituye la base fundamental para poder adoptar la medida solicitada en el recurso de protección, cual es, que se ordene a la recurrida CGE asumir su responsabilidad por el daño causado al variador de frecuencia del sistema de control eléctrico de las bombas elevadoras de agua potable del Condominio El Trébol y proceder al pago de la suma de $1.428.228, adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de las garantías constitucionales que se alegan como vulneradas. Tercero: Que, en la especie, la Compañía General de Electricidad S.A. informó que la SEC inicialmente rechazó el reclamo mediante Oficio N° 219653 de 3 de abr

Texto Completo (Preview)

1 Santiago, treinta de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los fundamentos cuarto a noveno, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que, comparece don Hugo Adrián Vallejos Garcés, actuando en su calidad de administrador y representante legal del Condominio El Trébol, e interpone recurso de protección en contra de l

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