MACHACA MARCA MÓNICA GRACIELA CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
22111-2025
Fecha
26 de junio de 2025
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, eliminándose sus
Fundamentos
fundamentos cuarto y quinto. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que el acto impugnado fue dictado por la Autoridad Administrativa competente, en un caso previsto por la ley, encontrándose además debidamente fundado, lo que descarta la existencia de ilegalidad en su emisión. 2°) Que, por lo demás, debe tenerse en consideración que la persona en cuyo favor se acciona no acreditó mantener arraigo familiar ni laboral significativo en el país a la época de dictación del acto administrativo. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de doce de junio de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso en el Ingreso de Corte N° 2050-2025 y en su lugar
Fallo
se declara que se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de la ciudadana boliviana Mónica Graciela Machaca Marca. Acordada con el voto en contra del del Abogado Integrante señor Urquieta, quien fue de la opinión de confirmar la resolución apelada por sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N° 22.111-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, eliminándose sus fundamentos cuarto y quinto. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que el acto impugnado fue dictado por la Autoridad Administrativa competente, en un caso previsto por la ley, encontrándose además debidamente fundado, lo que descarta la existencia de ilegalidad en su emi
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