2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

MEJÍAS/CORPORACION EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCION (COLEGIO NAHUELCURA)

Rol

22378-2025

Fecha

24 de junio de 2025

Materia

Reforma Laboral

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que éstas no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Segundo: Que la resolución que se impugna en estos antecedentes es aquella que rechazó el recurso de hecho deducido respecto a la que no concedió uno de apelación planteado en contra de la que desestimó un entorpecimiento por no comparecencia a audiencia de juicio, en el contexto de juicio sobre tutela de derechos fundamentales, la que no participa de la naturaleza jurídica antes indicada, razón suficiente para declarar inadmisible el recurso intentado en autos. Y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer otrosí: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer y cuarto otrosíes: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 22.378-2025.-

Fallo

se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer otrosí: estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer y cuarto otrosíes: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 22.378-2025.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que éstas no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o ext

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