JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CHILLAN

EDUCACIONAL THE WESSEX SCHOOL CHILLÁN S,A./CORTE DE APELACIONES DE CHILLA

Rol

21142-2025

Fecha

24 de junio de 2025

Materia

Cobranza Laboral

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE HECHO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don David Igal Korol Engel, en representación de la parte demandada, dedujo recurso de hecho respecto de la resolución de tres de junio de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra la decisión que desestimó la objeción formulada a la liquidación del crédito, en el contexto de un juicio sobre cobranza previsional. Segundo: Que la resolución referida no es susceptible de ser atacada por la vía del presente recurso, desde que esta Corte no es el tribunal llamado a conocer de dicho arbitrio -aspecto sobre el cual descansa la estructura del recurso de hecho, conforme al estatuto consagrado por los artículos 196 y siguientes del Código de Procedimiento Civil-, de acuerdo con lo previsto en el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales. Por lo expuesto y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de hecho interpuesto. Al primer y cuarto otrosíes: estese a lo resuelto. Al segundo y tercer otrosíes: a sus antecedentes. Al quinto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 21.142-2025.

Fallo

Por lo expuesto y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de hecho interpuesto. Al primer y cuarto otrosíes: estese a lo resuelto. Al segundo y tercer otrosíes: a sus antecedentes. Al quinto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 21.142-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. Al escrito folio 10: como se pide, certifíquese por el Secretario, lo que corresponda al tenor de lo expuesto. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don David Igal Korol Engel, en representación de la parte demandada, dedujo recurso de hecho respecto de la resolución de tres de junio de dos mil veinticinco, dictada por la Corte

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