2º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

VÁSQUEZ/MARTÍNEZ

Rol

18962-2025

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE HECHO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que Rodrigo Ignacio Palma Vásquez, abogado en representación de la parte demandante, en los autos caratulados “Vásquez con Martínez”, Rol ingreso Corte N° 156-2025, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de veinte de mayo pasado, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Arica, que declaró inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por dicha parte en contra de la resolución de treinta y uno de marzo del año en curso que acogió la excepción de incompetencia. 2°- Que el recurso de hecho está previsto para ser conocido por un tribunal de segundo grado, es decir, por aquel que resulta competente para resolver del recurso de apelación que lo motiva. 3°- Que en conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales, la Corte Suprema es -en general- un tribunal de casación, y sólo por excepción constituye un tribunal de segunda instancia, para aquellos casos en que la ley expresamente así lo ha dispuesto. 4°- Que examinados los antecedentes se observa que el caso propuesto no se aviene con la competencia asignada a esta Corte Suprema ni se encuentra comprendido en alguna de las hipótesis de excepción en que conoce de los asuntos como tribunal de alzada, motivo por el cual el recurso de hecho interpuesto es improcedente. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido. Al primer otrosí: a sus antecedentes; al segundo otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Nº 18.962-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido. Al primer otrosí: a sus antecedentes; al segundo otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Nº 18.962-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticinco. Proveyendo el recurso de hecho: A lo principal: Visto y teniendo presente: 1°.- Que Rodrigo Ignacio Palma Vásquez, abogado en representación de la parte demandante, en los autos caratulados “Vásquez con Martínez”, Rol ingreso Corte N° 156-2025, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de veinte de mayo pasado, pronunciada por la Cort

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