MUÑOZ ROJAS RODRIGO ROLANDO CONTRA NOVENA SALA CORTE APELACIONES DE SANTIAGO NOVENA SALA
Rol
21167-2025
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos quinto a séptimo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, en forma preliminar, cabe referir que los hechos que sustentan en el inicio de la causa RIT 8297-2020 del Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, se produjeron entre el mes de septiembre de 2016 y febrero de 2017, proceso iniciado a través de la presentación de la querella enderezada en contra del amparado y de su cónyuge, por el delito de estafa previsto y sancionado en el artículo 467 del Código Penal. 2°) Que, el Ministerio Público formalizó investigación en contra del amparado, el 3 de febrero de 2023. 3°) Que, al tratarse del delito de estafa, sancionado en el artículo 467 del Código Penal, sitúa estos hechos en la categoría de simple delito y, por lo tanto, sujeta a prescripción de la acción, en el plazo de cinco años. 4°) Que sentado lo anterior y conforme al artículo 233 del Código Procesal Penal, es la formalización la que suspende la prescripción de la acción penal, pues es sólo a través de esta comunicación del Ministerio Público, se evidencia inequívocamente su intención de ejercer la acción penal en contra del imputado. Corolario de lo anterior, es que desde la época de ocurrencia de los hechos investigados a la fecha en que la investigación fue formalizada, han transcurrido sobradamente los cinco años de prescripción que establece el Código Penal y,
Fallo
por tanto, la acción penal derivada del ilícito se encuentra prescrita. 5°) Que, así las cosas, la actuación impugnada por la presente acción constituye una afectación al derecho constitucional invocado por la parte recurrente, toda vez que lo expone a una sanción, encontrándose su responsabilidad extinta y la restringe en sus libertades al habérsele impuesta una medida cautelar. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de cuatro de junio de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el Ingreso Corte N° 588-2025, y en su lugar se resuelve que se acoge el amparo constitucional intentado en estos autos, por lo que se deja sin efecto la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en los autos Rol Corte 1654-2025, y en su lugar se confirma la resolución dictada por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago que declara la prescripción de la acción penal de los hechos atribuidos a Rodrigo Rolando Muñoz Rojas, en sus autos RIT 8297-2020 y dispone el sobreseimiento definitivo y total de dicho imputado, conforme al artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 21.167-2025.
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Santiago, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. A los folios 6 y 8: a todo, téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto a séptimo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, en forma preliminar, cabe referir que los hechos que sustentan en el inicio de la causa RIT 8297-2020 del Sexto Juzgado de Garantía de
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