SOCIEDAD DE RENTAS COMERCIALES S.A./NEKTIA SPA - (LTE) - (CASACION Y APELACION)
Rol
14454-2025
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio sumario, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó el fallo de primera instancia de veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, que, en lo que interesa al recurso, rechazó la demanda reconvencional de rescisión del contrato de arrendamiento e indemnización de perjuicios, sin costas. 2°.- Que en su recurso de invalidación sustancial, el impugnante expresa que la sentencia de primer grado, confirmada por la cuestionada, ha contravenido el artículo 8° N° 7 de la Ley N° 18.101, al contener proposiciones contradictorias al aseverar por una parte que la demandante reconvencional obtuvo prueba confesional para luego afirmar que no acompañó prueba alguna que permita concluir fehacientemente que la arrendadora incumplió sus obligaciones contractuales. 3°.- Que, del propio tenor del escrito por el que se interpone el recurso de casación en estudio se pueden comprobar sus falencias, desde que en general, hace consistir el error de derecho únicamente en una norma reguladora de la prueba, pero omite extender la infracción legal a las normas sustantivas relativas a la acción deducida y que tienen el carácter de decisoria de la litis, es decir, los preceptos que permiten resolver la cuestión controvertida al ser aplicados, cuales son, entre otros, los artículos 1924, 1925 y 1932 del Código Civil. Siendo ello así, aun cuando fueren ciertos los errores jurídicos denunciados, no constituirían fundamento suficiente para dar acogida a la casación en el fondo, pues carecerían de influencia en lo dispositivo de la sentencia impugnada, razón por la que el recurso en estudio adolece de manifiesta falta de fundamento. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casació
Fallo
fallo de primera instancia de veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, que, en lo que interesa al recurso, rechazó la demanda reconvencional de rescisión del contrato de arrendamiento e indemnización de perjuicios, sin costas. 2°.- Que en su recurso de invalidación sustancial, el impugnante expresa que la sentencia de primer grado, confirmada por la cuestionada, ha contravenido el artículo 8° N° 7 de la Ley N° 18.101, al contener proposiciones contradictorias al aseverar por una parte que la demandante reconvencional obtuvo prueba confesional para luego afirmar que no acompañó prueba alguna que permita concluir fehacientemente que la arrendadora incumplió sus obligaciones contractuales. 3°.- Que, del propio tenor del escrito por el que se interpone el recurso de casación en estudio se pueden comprobar sus falencias, desde que en general, hace consistir el error de derecho únicamente en una norma reguladora de la prueba, pero omite extender la infracción legal a las normas sustantivas relativas a la acción deducida y que tienen el carácter de decisoria de la litis, es decir, los preceptos que permiten resolver la cuestión controvertida al ser aplicados, cuales son, entre otros, los artículos 1924, 1925 y 1932 del Código Civil. Siendo ello así, aun cuando fueren ciertos los errores jurídicos denunciados, no constituirían fundamento suficiente para dar acogida a la casación en el fondo, pues carecerían de influencia en lo dispositivo de la sentencia impugnada, razón
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Santiago, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio sumario, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el demandado, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó el fallo de primera instancia de veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, que
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