CONTRERAS SIERRA NEIVIS YASLIN CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO
Rol
19910-2025
Fecha
12 de junio de 2025
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintidós de mayo de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 1765-2025. Se previene que el Ministro señor Llanos y el Abogado Integrante señor Ferrada concurren a la decisión de confirmar la resolución apelada, teniendo especialmente presente que, de los antecedentes incorporados en la presente causa, el amparado no acreditó un arraigo laboral, social y familiar que justifique su solicitud. Acordado con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Urquieta, quien fue de la opinión de revocar la resolución recurrida y, en consecuencia, acoger la acción constitucional, teniendo para ello presente las siguientes consideraciones: 1°) Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la decisión de la autoridad administrativa que ordena la expulsión del amparado, debido a que el extranjero ingresó por un paso no habilitado, esto es, de manera irregular. 2°) Que, se encuentra demostrado que el amparado tiene arraigo laboral y familiar, pues vive desde hace unos dos años en Chile, manteniendo un trabajo para sostenerse. 3°) Que, en ese estado de cosas, aparece que la expulsión del país del amparado es desproporcionada, puesto que las circunstancias en que se encuentra el recurrente en la actualidad han variado respecto de aquellas tenidas en cuenta al tiempo en que se dispuso la expulsión. En efecto, los hechos asentados en el motivo precedente dan cuenta de su arraigo laboral y social en el territorio nacional, lo que permite aseverar que se encuentra incorporado a la sociedad chilena desde un punto de vista migratorio, familiar y laboral. Asimismo, no registra sanciones penales. Regístrese y devuélvase. Rol N° 19.910-2025
Texto Completo (Preview)
Santiago, doce de junio de dos mil veinticinco. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintidós de mayo de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N° 1765-2025. Se previene que el Ministro señor Llanos y el Abogado Integrante señor Ferrada concurren a la decisión de confirmar la resolución apelada, teniendo especialmente presente que, de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica