C.A. de La Serena

LARA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO

Rol

51523-2024

Fecha

7 de mayo de 2025

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos, rol de esta Corte Suprema N.º 51.523-2024, caratulados “LARA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte reclamante en contra de la sentencia dictada el seis de septiembre de dos mil veinticuatro por la Corte de Apelaciones de La Serena que rechazó su reclamo de ilegalidad municipal presentado en contra del Decreto Alcaldicio de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo Nº 1993, de fecha 24 de Julio de 2023, el que rechaza la renovación de las patentes Nº 401094, 401109 y 401126. Segundo: Que, en su arbitrio de nulidad sustancial, la recurrente denuncia que el fallo recurrido se vería afectado por los siguientes yerros jurídicos: a) Infracción a lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley N°18.695, al estimar los sentenciadores que se debió recurrir en contra del Decreto Alcaldicio N° 2249 de 18 de agosto de 2023, rechazando su reclamo por

Fundamentos

motivos formales. b) Transgresión a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 19.880, ya que la decisión reclamada se dictó sin audiencia previa de su parte. Tercero: Que, según explica, las infracciones denunciadas habrían influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, porque, de haberse efectuado una correcta aplicación de las normas transgredidas, los tribunales de instancia habrían llegado a la conclusión que en la especie concurren los requisitos que hacen procedente el reclamo de ilegalidad planteado. Cuarto: Que, en su reclamo de ilegalidad el recurrente explica que se dispuso la no renovación de sus patentes por medio de una decisión que adolece de falta de motivación, sin que se explique porqué, pese a cumplir con todos los requisitos establecidos en la norma, es despojado de las mismas, a través de un procedimiento en el que no se ha seguido el debido proceso, y sin que haya sido siquiera notificado de lo obrado. Quinto: Que, la Corte de Apelaciones de La Serena decidió el rechazo del reclamo intentado ya que, además de haber sido planteado en términos confusos, no se interpuso en contra del Decreto Alcaldicio que decidió no renovar sus patentes, sino en contra del acto que consigna la sesión extraordinaria del Concejo Municipal en el que dicha decisión fue acordada, por lo que el acto reclamado es en realidad un acto trámite que forma parte del procedimiento de autorización administrativo necesario para la renovación de las patentes de venta de bebidas alcohólicas. En vista de lo anterior, no sería procedente el reclamo de ilegalidad contemplado en el artículo 151 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en su contra. Añaden los sentenciadores que “La conclusión que se ha expuesto resulta confirmada por el Decreto Exento N° 2249 de 18 de agosto de 2023 el que rechaza la renovación de las patentes municipales que enuncia, que no fue impugnado por la reclamante y que es el acto administrativo final, en el que se exponen las consideraciones que se tuvieron en cuenta para arribar a la decisión del rechazo de las patentes de alcoholes, dentro de las que se encuentran la petición formulada, el oficio N° 138 de 23 de junio de 2023 de los Carabineros; luego, el oficio N° 1119 de 14 de julio de 2023 suscrito por el magistrado del Primer Juzgado de Policía Local de Coquimbo; a lo que sumó un dictamen de la Contraloría General de la República. Enseguida, el mencionado Decreto alude a los mencionados actos intermedios, esto es, a los antecedentes expuestos en la Sesión Extraordinaria N° 30 y luego al Decreto 1993 que aprobó los acuerdos adoptados, lo que evidencia que los mismos tienen la naturaleza que se ha señalado”. Sexto: Que, en consecuencia, el recurso de nulidad intentado no puede prosperar, por manifiesta falta de fundamentos al haber decidido los jueces de grado de conformidad con la normativa aplicable al caso y sobre la base del mérito de los antecedentes, apareciendo que el acto reclamado por esta vía no co

Fallo

fallo recurrido se vería afectado por los siguientes yerros jurídicos: a) Infracción a lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley N°18.695, al estimar los sentenciadores que se debió recurrir en contra del Decreto Alcaldicio N° 2249 de 18 de agosto de 2023, rechazando su reclamo por motivos formales. b) Transgresión a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 19.880, ya que la decisión reclamada se dictó sin audiencia previa de su parte. Tercero: Que, según explica, las infracciones denunciadas habrían influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, porque, de haberse efectuado una correcta aplicación de las normas transgredidas, los tribunales de instancia habrían llegado a la conclusión que en la especie concurren los requisitos que hacen procedente el reclamo de ilegalidad planteado. Cuarto: Que, en su reclamo de ilegalidad el recurrente explica que se dispuso la no renovación de sus patentes por medio de una decisión que adolece de falta de motivación, sin que se explique porqué, pese a cumplir con todos los requisitos establecidos en la norma, es despojado de las mismas, a través de un procedimiento en el que no se ha seguido el debido proceso, y sin que haya sido siquiera notificado de lo obrado. Quinto: Que, la Corte de Apelaciones de La Serena decidió el rechazo del reclamo intentado ya que, además de haber sido planteado en términos confusos, no se interpuso en contra del Decreto Alcaldicio que decidió no renovar sus patentes, sino en contra del acto que

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos autos, rol de esta Corte Suprema N.º 51.523-2024, caratulados “LARA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte reclamante en contra de la

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica