CASAS CORDERO/SOLUCION FACTORING EIRL
Rol
3563-2025
Fecha
6 de mayo de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1º.- Que en este procedimiento ordinario tramitado bajo el Rol C-232-2022, ante el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, caratulado “Casas Cordero con Solución Factoring E.I.R.L.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de esa ciudad, que confirmó el fallo de primer grado de diecisiete de octubre de dos mil veintitrés, por medio del cual se rechazó la demanda de declaración de prescripción extintiva. 2º.- Que el recurrente fundamenta su solicitud de nulidad sustancial expresando que en el fallo cuestionado se infringen los artículos 98 de la Ley N° 18.092, 2514 y 2515 del Código Civil ya que no obstante verificarse con creces el plazo de prescripción exigido en la primera de las normas citadas respecto del pagaré suscrito por Marindustrial SpA, en que el demandante también resultó obligado, el tribunal no acogió la demanda de prescripción de la acción cambiaria. Precisa que el tribunal determinó como fecha en que se hizo exigible la obligación total que emana del pagaré el 16 de enero de 2019, sin embargo, efectúan un cómputo errado del plazo en su conjunto al estimar que en la especie se aplica el plazo de cinco años, que es el que procede en las acciones ordinarias y no en la acción cambiaria, la que tampoco subsiste por dos años más pues el inciso segundo del artículo 2515 del Código Civil solo procede en el caso de la prescripción de largo tiempo. 3º.- Que, para un adecuado examen de admisibilidad del recurso resulta necesario apuntar que, al desarrollar sus alegaciones, el demandante postula una línea argumentativa distinta de aquella que manifestó en la etapa procesal pertinente, pues si bien en la demanda indicó como parte de su fundamento la existencia del pagaré de 16 de enero de 2019 e invocó el artículo 98 de la Ley N° 18.092, también alegó que dicho título de crédito se otorgó en el contexto de un cont
Fallo
fallo de primer grado de diecisiete de octubre de dos mil veintitrés, por medio del cual se rechazó la demanda de declaración de prescripción extintiva. 2º.- Que el recurrente fundamenta su solicitud de nulidad sustancial expresando que en el fallo cuestionado se infringen los artículos 98 de la Ley N° 18.092, 2514 y 2515 del Código Civil ya que no obstante verificarse con creces el plazo de prescripción exigido en la primera de las normas citadas respecto del pagaré suscrito por Marindustrial SpA, en que el demandante también resultó obligado, el tribunal no acogió la demanda de prescripción de la acción cambiaria. Precisa que el tribunal determinó como fecha en que se hizo exigible la obligación total que emana del pagaré el 16 de enero de 2019, sin embargo, efectúan un cómputo errado del plazo en su conjunto al estimar que en la especie se aplica el plazo de cinco años, que es el que procede en las acciones ordinarias y no en la acción cambiaria, la que tampoco subsiste por dos años más pues el inciso segundo del artículo 2515 del Código Civil solo procede en el caso de la prescripción de largo tiempo. 3º.- Que, para un adecuado examen de admisibilidad del recurso resulta necesario apuntar que, al desarrollar sus alegaciones, el demandante postula una línea argumentativa distinta de aquella que manifestó en la etapa procesal pertinente, pues si bien en la demanda indicó como parte de su fundamento la existencia del pagaré de 16 de enero de 2019 e invocó el artículo 98 d
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1º.- Que en este procedimiento ordinario tramitado bajo el Rol C-232-2022, ante el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, caratulado “Casas Cordero con Solución Factoring E.I.R.L.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra de la sentencia de la C
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica