C.A. de Santiago

MONTECINOS BUSTOS PATRICIO IGNACIO /DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE (NP)

Rol

13954-2025

Fecha

6 de mayo de 2025

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Teniendo únicamente presente que Gendarmería de Chile, ha actuado en uso de sus facultades legales, sin exceder sus atribuciones y competencias, se confirma la sentencia apelada de diecisiete de abril de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1392-2025. Se previene que el Ministro Sr. Valderrama, estuvo por confirmar pura y simplemente la sentencia recurrida. Se previene que el Ministro Sr. Llanos concurre a la confirmatoria, teniendo para ello, además presente: 1°.- Que, las Reglas de Procedimiento y Prueba del Estatuto de Roma, relativo al examen de una reducción de la pena con arreglo al artículo 110 del referido Estatuto de la Corte Penal, establece en su Regla 223 que, al examinar una reducción de la pena se tendrán en cuenta los criterios enumerados en el párrafo 4 a) y b) del artículo 110 y, entre otros, letra “a) La conducta del condenado durante su detención, que revele una auténtica disociación de su crimen”; lo que esta Corte ha entendido importa como conciencia del delito y del daño causado (SCS N° 149.153-2020). 2°.- Que, las normas señaladas corresponden a tratados internacionales relativos a una jurisdicción complementaria a las penales nacionales para perseguir delitos de lesa humanidad, que al haberse incorporado al derecho interno de conformidad al artículo 5° de nuestra Constitución Política, deben servir para interpretar la Ley N° 19.856 y su Reglamento determinando un sentido y alcance de la normativa interna que armonice con las reglas de derecho internacional. 3°.- Que, de este modo encontrándose el amparado cumpliendo pena por un delito que se ha catalogado como de lesa humanidad, resulta indispensable, para los efectos de otorgar el beneficio de reducción o rebaja de condena, que cumpla con los requisitos señalados en Ley N° 19.856, pero, además, con aquellos contenidos en el Estatuto de Roma y en las Reglas de Procedimiento y Prueba. Regístrese y devuélvase. Rol N° 13954-202

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de mayo de dos mil veinticinco. A los alegatos solicitados en escrito folio N° 5: atento a lo dispuesto por el Auto Acordado sobre la forma de conocimiento del recurso de Apelación de los Recursos de Amparo ante esta Corte Suprema, registrado en el Acta N° 105-2024 de esta Excma. Corte Suprema, publicado con fecha 17 de mayo de 2024, y no habiéndose justificado suficientemente la n

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