ALVARADO GUTIÉRREZ ROSMERY CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
13559-2025
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos segundo a sexto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que, el sustento de la decisión reclamada, radica en la existencia de condena impuesta en RIT 2989-2018 del Juzgado de Garantía de Alto Hospicio en contra de la amparada, a 5 años de presidio menor en su grado máximo, sustituida por Libertad Vigilada Intensiva, cuestión que no resulta debatida o cuestionada. Segundo: Que, así las cosas, esta Corte no vislumbra ilegalidad en el acto impugnado por esta vía, desde que la resolución ha sido adoptada por el órgano competente en el ejercicio de las facultades que la legislación de la materia le otorga. Tercero: Que, por lo razonado, no existe acción u omisión ilegal desplegada por la recurrida que amenace, perturbe o prive al amparado de su libertad personal o de su seguridad individual, máxime si la resolución impugnada se encuentra debidamente fundamentada, motivos suficientes para rechazar el presente arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de once de abril de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, en el Ingreso Corte N° 93-2025, que acogió el recurso de amparo interpuesto en favor de Rosmery Alvarado Gutiérrez, de nacionalidad boliviana y en su lugar se declara que éste queda rechazado en todas sus partes. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos, quien estuvo por confirmar la decisión en alzada, conforme a sus propios fundamentos. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 13559-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos segundo a sexto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que, el sustento de la decisión reclamada, radica en la existencia de condena impuesta en RIT 2989-2018 del Juzgado de Garantía de Alto Hospicio en contra de la amparada, a 5 años de presi
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