CBG INTERNACIONAL SPA/CORTE APELACIONES DE SANTIAGO 12 SALA
Rol
13701-2025
Fecha
5 de mayo de 2025
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADO RECURSO DE HECHO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que se ha deducido recurso de hecho por el abogado Diego Messen Gaete, respecto de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en los autos seguidos bajo el Rol N°6.051-2025 de dicho tribunal, de fecha 14 de abril último, que no dio lugar, por improcedente, a su apelación deducida en contra de la decisión de archivar los antecedentes de su causa. Segundo: Que el recurso de hecho está previsto para ser conocido por un tribunal de segundo grado, es decir, por aquel que resulta competente para resolver del recurso de apelación que lo motiva. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales, la Corte Suprema es, en general, un tribunal de casación y sólo en forma excepcional le corresponde conocer en segunda instancia en aquellos casos en que la ley le otorga dicha competencia, lo cual no acontece en la especie. Tercero: Que, por lo anteriormente expuesto, el recurso de hecho deducido no puede ser acogido, dado que el caso propuesto no se aviene con la competencia asignada a esta Corte Suprema, como tampoco se encuentra comprendido en alguna de las hipótesis de excepción en que conoce de los asuntos como tribunal de alzada,
Fundamentos
considerando la resolución cuya impugnación se pretende. De conformidad, asimismo, con lo que disponen los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido en lo principal del escrito de veintiuno de abril de dos mil veinticinco. Regístrese y comuníquese. Rol N°13.701-2025.-
Texto Completo (Preview)
PAGE 2 Santiago, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que se ha deducido recurso de hecho por el abogado Diego Messen Gaete, respecto de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en los autos seguidos bajo el Rol N°6.051-2025 de dicho tribunal, de fecha 14 de abril último, que no dio lugar, por improcedente, a su apelación deducida en con
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica