1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

VALBUENA ANGARITA MAYREN (/DUODECIMA SALA I.C.A. SANTIAGO)

Rol

7927-2025

Fecha

2 de mayo de 2025

Materia

Reforma Laboral

Resultado

ACOGIDO RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Jorge Sánchez Muñoz, en representación de doña Mayren Mariela Valbuena Angarita, demandante en autos sobre declaración de existencia de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido, compensación de fuero maternal y cobro de prestaciones, Rit O-7731-2024, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago; quien interpone recurso de queja en contra de las integrantes de la Corte de Apelaciones de Santiago, ministra señora Carolina Brengi Zunino y la abogada señora María Soledad Krause, quien mediante resolución de 10 de marzo de 2024, adoptada con el voto en contra de la fiscal judicial señora Javiera González Sepúlveda, confirmaron la resolución de primer grado que declaró la caducidad de la acción de despido injustificado. Refiere que con fecha 11 de noviembre de 2024 se interpuso demanda de declaración de existencia de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido, compensación de fuero maternal y cobro de prestaciones, y que la demandada se defendió oponiendo excepción de caducidad respecto de la acción de despido injustificado, que fue acogida en la audiencia preparatoria celebrada el 8 de enero de 2025, mediante la resolución que los miembros de la judicatura recurridos confirmaron, contra el voto de la fiscal judicial señora González, quien sostuvo que al ser uno de los objetivos de la demanda precisamente la declaración de existencia de una relación de índole laboral, presupuesto necesario de la del despido que se alega, yerra el tribunal de primer grado al separar las acciones de despido injustificado y sus consecuencias de las restantes intentadas por el demandante, sin que pueda aplicarse lo dispuesto en el artículo 168 del Código del Trabajo, respecto de un período cuya naturaleza laboral resulte controvertida y que aún no ha sido asentada por la judicatura del ramo. Estima que la decisión objetada fue pronunciada con falta o abuso, precisamente al no a

Fallo

Por estas consideraciones y conforme lo dispone el artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se acoge el recurso de queja deducido en contra de los integrantes de la Corte de Apelaciones de Santiago, ministra señora Carolina Brengi Zunino y la abogada señora María Soledad Krause, por haber dictado con falta o abuso la resolución de diez de marzo último, y, en consecuencia, se dejan sin efecto la referida resolución de segundo grado y la dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, con fecha 8 de enero de 2025, y, en su lugar, se ordena dar curso progresivo a los autos, respecto de todas las acciones deducidas, citando a la respectiva continuación de audiencia preparatoria. No se ordena pasar estos antecedentes al Tribunal Pleno, por no existir mérito suficiente para ello. Regístrese y archívense. N° 7.927-25.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Jorge Sánchez Muñoz, en representación de doña Mayren Mariela Valbuena Angarita, demandante en autos sobre declaración de existencia de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido, compensación de fuero maternal y cobro de prestaciones, Rit O-7731-2024, seguidos ante el Primer Ju

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