ENZO VICENTE REYES PACHECO C/ JOSE ENRIQUE MELLADO DELARZE
Rol
1855-2024
Fecha
2 de mayo de 2025
Materia
Reforma
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
VISTOS: Se reproduce el fallo parcialmente anulado, prescindiendo de su
Fundamentos
considerando quinto, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, si bien el extracto de filiación del sentenciado da cuenta que el veintiséis de diciembre de dos mil diecisiete fue condenado como autor de un delito de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad, por un hecho perpetrado el veintiuno de mayo de dos mil dieciséis, no puede tomarse en cuenta tal anotación para efectos de agravar la sanción accesoria especial que se le debe imponer. Lo anterior, por tratarse de un castigo asociado a un simple delito y encontrarse prescrito a la fecha del ilícito sancionado en el caso sub lite, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 del Código Penal. 2°) Que, en consecuencia, en virtud de los efectos propios de la prescripción de las condenas anteriores, corresponde que se sancione al imputado como si fuese sorprendido en una primera ocasión o evento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 inciso 1 de la Ley N°18.290, por lo que se aplicará la accesoria especial de suspensión de su licencia de conducir por el lapso de dos años. Y visto además lo dispuesto en los artículos 373, letra b), 384 y 385 del Código Procesal Penal,
Fallo
fallo parcialmente anulado, prescindiendo de su considerando quinto, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, si bien el extracto de filiación del sentenciado da cuenta que el veintiséis de diciembre de dos mil diecisiete fue condenado como autor de un delito de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad, por un hecho perpetrado el veintiuno de mayo de dos mil dieciséis, no puede tomarse en cuenta tal anotación para efectos de agravar la sanción accesoria especial que se le debe imponer. Lo anterior, por tratarse de un castigo asociado a un simple delito y encontrarse prescrito a la fecha del ilícito sancionado en el caso sub lite, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 del Código Penal. 2°) Que, en consecuencia, en virtud de los efectos propios de la prescripción de las condenas anteriores, corresponde que se sancione al imputado como si fuese sorprendido en una primera ocasión o evento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 inciso 1 de la Ley N°18.290, por lo que se aplicará la accesoria especial de suspensión de su licencia de conducir por el lapso de dos años. Y visto además lo dispuesto en los artículos 373, letra b), 384 y 385 del Código Procesal Penal, se declara que José Enrique Mellado Delarze queda condenado a la pena de cuarenta y un días (41) de prisión en su grado máximo, multa de dos unidades tributarias mensuales y a la suspensión de su licencia de conducir vehículos motorizados por el lapso de dos a
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco. En cumplimiento a lo ordenado por la decisión de nulidad que antecede y lo prescrito en el artículo 385 del Código Procesal Penal, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: Se reproduce el fallo parcialmente anulado, prescindiendo de su considerando quinto, que se elimina. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, si bien el ext
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica