SCOTIABANK CHILE S. A./ÁVILA (LTE)
Rol
11702-2025
Fecha
2 de mayo de 2025
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLES RECURSOS DE CASACIÓN FORMA Y FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo seguido ante el Vigésimo quinto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° 12798-2023, caratulado “Scotiabank Chile S.A./ Ávila”, la parte ejecutada deduce recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, que confirmó aquella de primer grado de treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro, por medio de la cual se rechazó el incidente de nulidad. 2°.- Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en la forma contra sentencias definitivas y contra sentencias interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. En tanto, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni ha concluido el juicio o ha hecho imposible su prosecución, como tampoco se encuentra en la situación excepcional prevista en la primera de las normas citadas, razón por la cual los recursos de nulidad intentados en autos no serán admitidos a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se decla
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766, 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por el abogado Eric Moya Monroy por la ejecutada, en contra de la resolución de trece de marzo último, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y devuélvase. N° 11.702-2025
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo seguido ante el Vigésimo quinto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° 12798-2023, caratulado “Scotiabank Chile S.A./ Ávila”, la parte ejecutada deduce recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, que
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