C.A. de Valdivia

TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/SOCIEDAD INMOBILIARIA Y AGRICOLA HLS LIMITADA

Rol

477-2025

Fecha

30 de abril de 2025

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Primero: Que la Sociedad Inmobiliaria y Agrícola HLS Limitada ha deducido recurso de protección en contra de la Tesorería General de la República, solicitando se deje sin efecto la resolución de ocho de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por doña Yasmin del Río Lobos, Tesorera Provincial de Osorno, en su calidad de jueza sustanciadora en los autos Rol 10.592-2017, 10.127-2020 y 11.601-2021, que rechazó su solicitud de alzamiento del embargo decretado, pese a lo dispuesto por sentencia ejecutoriada del Primer Juzgado Civil de Valdivia, en causa Rol C-4135-2023, que, a su turno, declaró prescrita la acción de cobro de los impuestos cuya ejecución se perseguía mediante ese procedimiento. Segundo: Que el fallo apelado, acogió el recurso de protección dejando sin efecto el acto impugnado, declarando que se hace lugar a la devolución del monto embargado en los autos administrativos, por estimar la Corte de Apelaciones de Valdivia que la resolución resultaba ilegal y arbitraria, al fundarse en obligaciones tributarias ya declaradas prescritas. Tercero: Que, de lo expuesto por las partes y de los antecedentes que obran en la carpeta virtual, se advierte que la recurrente interpuso un recurso de hecho en contra de la resolución que declaró inadmisible el recurso apelación que dedujo en contra la misma resolución ahora impugnada por esta vía, medio de impugnación que actualmente se encuentra en estado de relación, en la causa Rol N° 1677-2024-Civil de la Corte de Apelaciones de Valdivia. Cuarto: Que, en consecuencia, encontrándose la situación controvertida bajo el amparo del derecho, el presente recurso extraordinario ha perdido su real objetivo atendida su índole y naturaleza, razón por la que no puede prosperar. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de ve

Fallo

fallo apelado, acogió el recurso de protección dejando sin efecto el acto impugnado, declarando que se hace lugar a la devolución del monto embargado en los autos administrativos, por estimar la Corte de Apelaciones de Valdivia que la resolución resultaba ilegal y arbitraria, al fundarse en obligaciones tributarias ya declaradas prescritas. Tercero: Que, de lo expuesto por las partes y de los antecedentes que obran en la carpeta virtual, se advierte que la recurrente interpuso un recurso de hecho en contra de la resolución que declaró inadmisible el recurso apelación que dedujo en contra la misma resolución ahora impugnada por esta vía, medio de impugnación que actualmente se encuentra en estado de relación, en la causa Rol N° 1677-2024-Civil de la Corte de Apelaciones de Valdivia. Cuarto: Que, en consecuencia, encontrándose la situación controvertida bajo el amparo del derecho, el presente recurso extraordinario ha perdido su real objetivo atendida su índole y naturaleza, razón por la que no puede prosperar. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia y en su lugar se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Sociedad Inmobiliaria y Agrícola HLS Limitada, en contra de la Tesorería General d

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo únicamente presente: Primero: Que la Sociedad Inmobiliaria y Agrícola HLS Limitada ha deducido recurso de protección en contra de la Tesorería General de la República, solicitando se deje sin efecto la resolución de ocho de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por doña Yasmin del Río Lobos, Tesorera Provincial de Osorno, en

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