Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional Santiago

AMENGUAL/VALDERRAMA

Rol

13440-2025

Fecha

30 de abril de 2025

Materia

Cobranza Laboral

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Segundo: Que la resolución que se impugna en estos antecedentes es aquella que rechazó una reposición en contra de la que declaró la inadmisibilidad de una apelación, la que no participa de dicha naturaleza, que no participa de la naturaleza jurídica indicada, razón suficiente para declarar inadmisible el recurso intentado en autos. Por estas consideraciones y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto. Al primer, segundo, quinto y sexto otrosíes: estése a lo resuelto. Al tercer y cuarto otrosíes: a sus antecedentes. Al séptimo otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N° 13.440-25

Fallo

Por estas consideraciones y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto. Al primer, segundo, quinto y sexto otrosíes: estése a lo resuelto. Al tercer y cuarto otrosíes: a sus antecedentes. Al séptimo otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N° 13.440-25

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de abril de dos mil veinticinco. Al escrito folio 7: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otr

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