MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ NINI JOHANA RODRIGUEZ
Rol
10580-2025
Fecha
25 de abril de 2025
Materia
Reforma
Resultado
REMITE NULIDAD CORTE (M)
Hechos
hechos como constitutivos del delito de tráfico ilícito de drogas. Habla en su recurso, de distintas interpretaciones al respecto y aunque acompaña las sentencias, lo que cuestiona en definitiva, es la calificación jurídica. 3° Que el Ministerio Público se hizo parte en la presente causa, solicitando la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva, por estimar que lo alegado no puede alterar la natural competencia del conocimiento de la causal en comento, toda vez, que aquella dice relación con su disconformidad con la calificación jurídica de los hechos. 4° Que como se dijo, en la especie no se denuncia la circunstancia que prevé el legislador para alterar la competencia de la Corte de Apelaciones para conocer de estos antecedentes; toda vez que de una atenta lectura del líbelo lo que se cuestiona es la decisión de condena o la calificación jurídica de los hechos, sin que ello sea motivo para hacer competente a esta Corte para el conocimiento del líbelo intentado, razón por la cual de conformidad al artículo 383 del Código Procesal Penal, se ordena la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, para el conocimiento y fallo del recurso intentado. Regístrese y Remítase. Rol N° 10580-2025 Pronunciado por la Segunda Sala de esta Corte Suprema, integrada por los Ministros Sres. Manuel Valderrama R., Leopoldo Llanos S., Sras. María Teresa Letelier R. y María Cristina Gajardo H., y el Abogado Integrante Sr. Eduardo Gandulfo R. No firma el Ministro Sr. Llanos, no obstante haber estado en la vista y en el acuerdo del fallo, por estar con permiso. Santiago, 25 de abril de 2025.
Fallo
fallo del recurso intentado. Regístrese y Remítase. Rol N° 10580-2025 Pronunciado por la Segunda Sala de esta Corte Suprema, integrada por los Ministros Sres. Manuel Valderrama R., Leopoldo Llanos S., Sras. María Teresa Letelier R. y María Cristina Gajardo H., y el Abogado Integrante Sr. Eduardo Gandulfo R. No firma el Ministro Sr. Llanos, no obstante haber estado en la vista y en el acuerdo del fallo, por estar con permiso. Santiago, 25 de abril de 2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticinco abril de dos mil veinticinco. Vistos; 1° Que la defensa de Nini Johana Rodríguez, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta por la cual fue condenado como autor del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes o sicotrópicas. 2° Que por el recurso se invoca como causal única la del artículo 373 letra
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