AGUAYO/CORTE APELACIONES DE PUNTA ARENAS
Rol
10031-2025
Fecha
14 de abril de 2025
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Segundo: Que la resolución que se impugna en estos antecedentes es aquella que, en procedimiento de tutela laboral, desestimó el incidente de entorpecimiento deducido para invalidar la que declaró abandonado el recurso de nulidad; la que no participa de la naturaleza jurídica antes indicada, razón suficiente para declarar inadmisible el recurso intentado en autos. Y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer y tercer otrosíes: estése al mérito de lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N°10.031-2025
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer y tercer otrosíes: estése al mérito de lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al cuarto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol N°10.031-2025
Texto Completo (Preview)
Santiago, catorce de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario
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