LAZARDE URDANETA SMELIN JAVIER CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
10539-2025
Fecha
11 de abril de 2025
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos tercero y cuarto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que el artículo 7 de la Ley N° 21.325 dispone que “El Estado promoverá que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía en el país, y para el desarrollo de sus actividades y el ejercicio de sus derechos, de conformidad con la Constitución Política de la República, la ley y los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes.”. 2°) Que, así las cosas, se incumple por la Administración dicha obligación de protección y respeto del derecho a un procedimiento racional y justo, así como de promoción de la obtención de las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia, al rechazar la solicitud de residencia temporal y posterior orden de abandono con prohibición de ingreso al país, mediante Resolución Exenta N°25141016 de 11 de marzo de 2025, fundada en la existencia de una condena penal por un simple delito, sin considerar adecuadamente el arraigo familiar y laboral que mantiene el amparado en Chile 3°) Que por todo lo anterior, la actuación impugnada resulta, en definitiva, ilegal por desproporcionada a la luz de los antecedentes acreditados en esta sede, todos los cuales deben ser reevaluados por la autoridad migratoria para determinar la idoneidad de la medida, motivos todos que llevarán a acoger la acción constitucional deducida, con el propósito de adoptar las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de 31 de marzo de 2025, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N°752-2025, y en su lugar
Fallo
se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor del ciudadano venezolano Smelin Javier Lazarde Urdaneta, por lo que se deja sin efecto la Resolución Exenta N°25141016 de 11 de marzo de 2025, que rechazó la solicitud de residencia temporal y ordenó el abandono del amparado con prohibición de ingreso por 20 años, debiendo la autoridad recurrida reabrir el procedimiento administrativo pertinente y reevaluar los antecedentes allegados a esta instancia judicial asociados a arraigo familiar y laboral. Acordada con el voto en contra de los Ministros, Sr Valderrama y Sra. Letelier, quienes fueron del parecer de confirmar el fallo apelado en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N°10539-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, once de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos tercero y cuarto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que el artículo 7 de la Ley N° 21.325 dispone que “El Estado promoverá que los extranjeros cuenten con las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia necesarios para su estadía e
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