ROBERTO CASTRO INOSTROZA Y OTROS CON SERGIO CASTRO INOSTROZA Y OTROS
Rol
3764-2025
Fecha
11 de abril de 2025
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA, CASACIÓN FON
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento sumario especial de designación de administradoras pro-indiviso, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, bajo el Rol C-3642-2023, caratulado “Roberto Castro Inostroza y otros con Sergio Castro Inostroza y otros”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por la demandada Sally Castro Inostroza; y del recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandada Jeannette Castro Inostroza, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, de trece de enero de dos mil veinticinco, que confirmó el fallo de primer grado, de trece de febrero de dos mil veinticuatro, que acogió la demanda de designación de administrador pro-indiviso, sin costas. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA DE LA DEMANDADA SALLY CASTRO INOSTROZA: Segundo: Que la recurrente de nulidad formal funda su arbitrio, en primer término, en la causal de invalidación prevista en el numeral 4° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. Expone que la anomalía adjetiva se produce porque los jueces del fondo han incurrido en infra-petita al haber sido dada la sentencia con exclusión de los requisitos que exige el legislador y, en particular, por no haberse pronunciado respecto de las alegaciones efectuadas por su parte en el recurso de apelación, a propósito de la infracción que alega de los artículos 653, 654 y 655 del Código de Enjuiciamiento Civil. Acto seguido, invoca la casual de invalidación prevista en el numeral 5° del artículo 768 del Código de Enjuiciamiento Civil, en relación con los numerales 4° y 5° del artículo 170 del mismo cuerpo legal; acusando que el fallo recurrido carece de las consideraciones de hecho y de derecho que le sirvan de fundamento respecto de las infracciones que alega su parte de los artículos 653, 654 y 655 del Código de Procedimiento Civil; unido a que los jueces del fondo tampoco han mencionado la nor
Fallo
fallo de primer grado, de trece de febrero de dos mil veinticuatro, que acogió la demanda de designación de administrador pro-indiviso, sin costas. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA DE LA DEMANDADA SALLY CASTRO INOSTROZA: Segundo: Que la recurrente de nulidad formal funda su arbitrio, en primer término, en la causal de invalidación prevista en el numeral 4° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil. Expone que la anomalía adjetiva se produce porque los jueces del fondo han incurrido en infra-petita al haber sido dada la sentencia con exclusión de los requisitos que exige el legislador y, en particular, por no haberse pronunciado respecto de las alegaciones efectuadas por su parte en el recurso de apelación, a propósito de la infracción que alega de los artículos 653, 654 y 655 del Código de Enjuiciamiento Civil. Acto seguido, invoca la casual de invalidación prevista en el numeral 5° del artículo 768 del Código de Enjuiciamiento Civil, en relación con los numerales 4° y 5° del artículo 170 del mismo cuerpo legal; acusando que el fallo recurrido carece de las consideraciones de hecho y de derecho que le sirvan de fundamento respecto de las infracciones que alega su parte de los artículos 653, 654 y 655 del Código de Procedimiento Civil; unido a que los jueces del fondo tampoco han mencionado la normativa aplicada, ni considerado los principios de equidad al momento de proceder a la designación de las administradoras pro-indiviso de la comunidad hereditari
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Santiago, once de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento sumario especial de designación de administradoras pro-indiviso, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, bajo el Rol C-3642-2023, caratulado “Roberto Castro Inostroza y otros con Sergio Castro Inostroza y otros”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad de los recu
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