ANONIMIZADO
Rol
8356-2025
Fecha
9 de abril de 2025
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco, que desestimó el recurso de hecho que impetró. Segundo: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables e interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas por Cortes de Apelaciones o por un tribunal ...
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco, que desestimó el recurso de hecho que impetró. Segundo: Que, de acuerdo con l
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