1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN BERNARDO

MARIA IGLESIAS RUFS CON JUAN HERNÁNDEZ BASTIAS

Rol

13425-2024

Fecha

4 de abril de 2025

Materia

Civil

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de párrafo final del motivo noveno, el cual se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1° Lo razonado en los

Fundamentos

considerandos segundo a decimotercero del

Fallo

fallo precedente y lo estatuido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de párrafo final del motivo noveno, el cual se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1° Lo razonado en los considerandos segundo a decimotercero del fallo de casación que antecede. 2° Que, de acuerdo con todo lo ya expresado, concurren en la especie los requisitos previstos en el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil, para la procedencia de la acción. Por estas consideraciones y atendido además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de veintinueve de julio de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo, en la causa rol C-69-21. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del ministro señor Arturo Prado Puga. N° 13.425-2024. Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G., señor Mario Carroza E. y el Abogado integrante señor Raúl Patricio Fuentes M. No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Ministra señora Repetto, por estar con permiso.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cuatro de abril de dos mil veinticinco. En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y lo estatuido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de párrafo final del motivo noveno, el cual se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1° Lo razonado en

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