2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

GUZMÁN HIDALGO DANIELA (/DUODÉCIMA SALA DE LA ILTMA. CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO)

Rol

84046-2023

Fecha

4 de abril de 2025

Materia

Reforma Laboral

Resultado

RECHAZADO RECURSO DE QUEJA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Jorge Arriagada Garrido, en representación de doña Daniela Andrea Guzmán Hidalgo, demandante en autos sobre sobre despido indirecto, nulidad del mismo y cobro de prestaciones, RIT O-1359-2023, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, quien deduce recurso de queja en contra de los integrantes de una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, ministra señora Carolina Brengi Zunino, ministro señor Alejandro Aguilar Brevis y ministra suplente señora Lidia Poza Matus, por haber dictado con faltas o abusos graves la resolución de 10 de mayo de 2023, por la cual confirmaron la resolución de primer grado que declaró la caducidad de la acción de despido indirecto. Manifiesta que el juicio se inició por demanda de 28 de febrero de 2023, en que su representada solicitó declarar justificado el despido indirecto comunicado a su empleador el 30 de agosto de 2022, afirmando que el 13 de septiembre de 2022 ingresó un reclamo ante la Dirección del Trabajo, que citó a un comparendo de conciliación para el día 13 de octubre de ese año; y que el Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, por resolución dictada el 8 de marzo de 2023, declaró la caducidad de la acción de despido indirecto, por estimar que entre la fecha de separación y la de interposición de la demanda transcurrió el plazo máximo de noventa días previsto en el artículo 168 del Código del Trabajo, siendo irrelevante al caso el tiempo de suspensión del cómputo que origina la gestión administrativa, decisión que apelada fue confirmada por los recurridos. Sostiene que la referida resolución infringe lo dispuesto en los artículos 448 y 510 del Código del Trabajo, pues la acción deducida es la de nulidad del despido y cobro de prestaciones, que tiene un plazo de prescripción de seis meses desde el término de los servicios, además de invocar el derecho a la tutela judicial efectiva, asegurado por el Nº3 del artículo 19 de la Constituci

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de queja interpuesto en contra de los integrantes de la Corte de Apelaciones de Santiago, ministra señora Carolina Brengi Zunino, ministro señor Alejandro Aguilar Brevis y ministra suplente señora Lidia Poza Matus. Regístrese, comuníquese y archívense. Rol N° 84.046-23.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, cuatro de abril de dos mil veinticinco Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Jorge Arriagada Garrido, en representación de doña Daniela Andrea Guzmán Hidalgo, demandante en autos sobre sobre despido indirecto, nulidad del mismo y cobro de prestaciones, RIT O-1359-2023, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, quien deduce recurso de q

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica