21º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ALIAGA MUÑOZ CATALINA Y OTROS CON BANCO SANTANDER-CHILE (O)

Rol

14837-2024

Fecha

3 de abril de 2025

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En este procedimiento ordinario de mayor cuantía, tramitado por el 21° Juzgado Civil de Santiago en los autos C-29.896-17, caratulado “Aliaga y otros / Banco Santander Chile y Transportes Vidal Hermanos SpA”, por demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, el tribunal a quo, por sentencia de dieciocho de junio del año dos mil veinte, acogió parcialmente la demanda, condenando únicamente a la demandada Transportes Vidal a las sumas que el propio fallo detalla. Recurrida de apelación la decisión de primer grado por la parte demandada Transportes Vidal, una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante fallo de veintiocho de marzo del año dos mil veinticuatro, revocó el fallo en alzada, y dispuso en cambio rechazar en todas sus partes la demanda. En contra de este último pronunciamiento, la parte demandante dedujo recurso de casación en la forma y en el fondo. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA: PRIMERO: Que el recurrente sustenta su recurso de nulidad formal en la causal del artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 N° 4 del mismo cuerpo legal, refiriendo que la sentencia de segunda instancia no contiene los fundamentos de hecho y derecho que le son exigibles. En resumen, sostuvo que no se explicaron las razones jurídicas que llevaron a los jueces del fondo a estimar que en los presentes autos correspondía revocar lo decidido y así rechazar en todas sus partes la demanda. Reprocha, además, que el

Fallo

fallo detalla. Recurrida de apelación la decisión de primer grado por la parte demandada Transportes Vidal, una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante fallo de veintiocho de marzo del año dos mil veinticuatro, revocó el fallo en alzada, y dispuso en cambio rechazar en todas sus partes la demanda. En contra de este último pronunciamiento, la parte demandante dedujo recurso de casación en la forma y en el fondo. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA: PRIMERO: Que el recurrente sustenta su recurso de nulidad formal en la causal del artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 N° 4 del mismo cuerpo legal, refiriendo que la sentencia de segunda instancia no contiene los fundamentos de hecho y derecho que le son exigibles. En resumen, sostuvo que no se explicaron las razones jurídicas que llevaron a los jueces del fondo a estimar que en los presentes autos correspondía revocar lo decidido y así rechazar en todas sus partes la demanda. Reprocha, además, que el fallo de alzada resolvió la controversia “en un solo párrafo”; lo que daría cuenta de la falta de fundamentación en la decisión arribada. Por ello, pidió la invalidación del fallo recurrido, y luego dictar la sentencia de reemplazo que acoja la demanda en contra de Transportes Vidal, condenándolos a las sumas de dinero que refiere. SEGUNDO: Que, para un correcto análisis del defecto formal denunciado no debe olvi

Texto Completo (Preview)

Santiago, tres de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: En este procedimiento ordinario de mayor cuantía, tramitado por el 21° Juzgado Civil de Santiago en los autos C-29.896-17, caratulado “Aliaga y otros / Banco Santander Chile y Transportes Vidal Hermanos SpA”, por demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, el tribunal a quo, por sentencia de dieciocho de juni

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica