ANONIMIZADO
Rol
7912-2025
Fecha
2 de abril de 2025
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte solicitante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que confirmó aquella que rechazó la aprobación de la mediación presentada. Segundo: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables e interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas ...
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte solicitante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que confirmó aquella que rechazó la aprobación de la mediación pres
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