YOSELIN LAURA ANGULO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
8988-2025
Fecha
27 de marzo de 2025
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de once de marzo de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 135-2025. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Llanos, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y, en su lugar, acoger el recurso de amparo interpuesto, teniendo presente las siguientes consideraciones: 1°) Que del mérito de autos se desprende que la amparada fue condenada como autor del delito de tráfico de drogas, a una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, otorgándose la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, la que se tuvo por cumplida por resolución de 22 de junio de 2023; 2°) Que la sustitución de la pena de presidio por libertad vigilada intensiva importa que el tribunal del grado estimó, en su oportunidad, que los antecedentes sociales y características de personalidad de la amparada, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito permitían concluir que una intervención individualizada, como a la que se sometió efectivamente, resultaba eficaz para su reinserción social; 3°) Que, se encuentra demostrado, además, que la amparada tiene arraigo laboral y familiar, pues vive desde hace más de cuatro años en Chile, tiene trabajo, cónyuge y un hijo chileno de tres años, sin que registre, desde la condena otro tipo de antecedentes penales; 4°) Que, en ese estado de cosas, aparece que la decisión de expulsión es ilegal, por desproporcionada, puesto que las circunstancias en que se encuentra la amparada en la actualidad han variado respecto de aquellas tenidas en cuenta al tiempo en que se le impuso la condena. En efecto, los hechos asentados en el motivo precedente dan cuenta de su arraigo en el territorio nacional, por cuanto tiene cónyuge, un hijo menor chileno y trabajo que permite aseverar que se encuentra incorporada a la sociedad chilena desde un punto de vista migratorio, familiar, labora
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de once de marzo de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 135-2025. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Llanos, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y, en su lugar, acoger el recurso de amparo interpuesto, teniendo pre
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica