ANONIMIZADO
Rol
6322-2025
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por una de las demandadas solidarias, la Municipalidad de Lanco, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que rechazó el de nulidad intentado para invalidar la que acogió la demanda de indemnización de perjuicios derivados de un accidente del trabajo, condenándola solidariamente al pago de lo concedido. Segundo: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 483 del Código del Trabajo, contra la...
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por una de las demandadas solidarias, la Municipalidad de Lanco, contra la sentencia dictada por la Corte de
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